Ley 11.720.

Manipulación, almacenamiento, transporte y tratamiento de residuos especiales en la Provincia de Buenos Aires.

Residuos peligrosos Transporte de cargas peligrosas Protección del ambiente

¿A quién alcanza la Ley 11.720?

A los generadores de residuos especiales, a los transportistas y a los titulares de plantas de almacenamiento, tratamiento y disposición final de esos residuos.

¿A qué obliga la Ley 11.720?

17 para tener 1 para hacer 15 para cumplir

Lo que hay que tener.

  • Habilitación

    Las personas que generan, transportan, tratan, almacenan o disponen residuos especiales tienen que inscribirse en el Registro Provincial.

    Artículo 7

  • Habilitación

    Los generadores y operadores de residuos especiales tienen que cumplir, para inscribirse en el registro, los requisitos de los artículos 24, 27 y 38.

    Artículo 8

  • Habilitación

    Certificado de habilitación especial

    Las industrias, transportes, plantas y demás actividades que generen u operen con residuos especiales necesitan antes el certificado de habilitación especial para ser habilitadas.

    Artículo 11

  • Habilitación

    Certificado ambiental

    Quienes ya estaban funcionando cuando entró en vigencia la ley y deben inscribirse tienen 120 días corridos desde la apertura del Registro para tramitar el certificado ambiental.

    Cuándo
    120 días corridos a partir de la apertura del Registro

    Artículo 12

  • Habilitación

    Quien quiera aplicar en la Provincia una tecnología para prestar a terceros servicios con residuos especiales debe tenerla inscripta en el Registro Provincial de Tecnologías.

    Artículo 15

  • Documento

    Quien pida inscribir una tecnología debe presentar pruebas de su aplicación práctica, indicando dónde se aplica y para qué residuos.

    Artículo 16

  • Documento

    Manifiesto

    El manifiesto debe llevar como mínimo número de serie, datos del generador, del transportista y de la planta, descripción y cantidad de los residuos, instrucciones de emergencia y manipulación, y las firmas.

    Le aplica si su empresa genera residuos peligrosos.

    Artículo 21

  • Documento

    Declaración jurada

    El generador de residuos especiales debe presentar, al pedir su inscripción, una declaración jurada con sus datos de identificación, la ubicación de sus plantas, la descripción y cantidad de sus residuos, el método de tratamiento o disposición, los procesos que los generan, las sustancias peligrosas usadas y los métodos de evaluación, muestreo y análisis.

    Le aplica si su empresa genera residuos peligrosos.

    Quién
    Todo generador de residuos especiales

    Artículo 24

  • Habilitación

    Quien transporte residuos especiales debe acreditar, para inscribirse en el Registro Provincial, los datos de la empresa, los tipos de residuos, los vehículos y contenedores, la póliza de seguro o garantía y la capacitación para emergencias.

    Artículo 27

  • Habilitación

    La empresa que quiera instalar más de una planta debe hacer un trámite separado para cada una.

    Artículo 37

  • Documento

    Declaración jurada

    Quien pida inscribir una planta de almacenamiento, tratamiento o disposición final debe presentar una declaración jurada con los datos del propietario, la ubicación y descripción del sitio, la inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble y en el Registro de Tecnología, las características y procedimientos de la planta, los residuos a tratar, los planes de contingencia, monitoreo y capacitación, la evaluación de impacto ambiental, la póliza de seguro o garantía y la inscripción del personal técnico.

    Artículo 38

  • Documento

    Quien pida inscribir una planta de disposición final debe presentar además el plan de cierre y restauración, las soluciones técnicas frente a inundaciones con el dictamen del Ministerio, los estudios geohidrológicos e hidrológicos, la descripción de cómo manejar los excedentes de agua de lluvia y la descripción de los contenedores y sistemas de almacenaje.

    Artículo 41

  • Habilitación

    Las plantas que ya existen deben cumplir lo dispuesto en el artículo 12 para poder funcionar.

    Artículo 42

  • Habilitación

    Certificado ambiental

    Las autorizaciones duran como máximo 10 años y el certificado ambiental se tiene que renovar cada año.

    Cuándo
    Renovación anual

    Artículo 44

  • Registro

    Registro de operaciones permanentes

    Las plantas de tratamiento, almacenamiento o disposición final deben llevar un registro permanente de sus operaciones, guardarlo mientras funcionen y entregarlo a la autoridad si cierran.

    Artículo 45

  • Documento

    Plan de cierre

    El titular de una planta de tratamiento debe presentar un plan de cierre a la Autoridad de Aplicación al menos 90 días antes de cerrarla.

    Cuándo
    Con una antelación mínima de noventa (90) días
    Quién
    El titular

    Artículo 47

  • Documento

    Plan de cierre

    El plan de cierre de una planta de disposición final debe incluir una cubierta apta para vegetación, monitoreo de aguas subterráneas por al menos 10 años y la descontaminación de equipos y estructuras.

    Artículo 48

Lo que hay que hacer.

  • Aviso a la autoridad

    El transportista debe avisar a la Autoridad de Aplicación cualquier cambio en los datos de su inscripción dentro de los 30 días.

    Cuándo
    Dentro de un plazo de treinta (30) días de producida la misma

    Artículo 28

Lo que hay que cumplir.

  • Quien tenga una planta de tratamiento o disposición final dentro de un establecimiento generador debe cumplir también esta ley y la Ley 11.459 con su reglamentación.

    Le aplica si su empresa genera residuos peligrosos.

    Artículo 10

  • Los afectados que se opongan a su inscripción tienen que probar, por el procedimiento que se establezca, que sus residuos no son especiales.

    Artículo 13

  • Los estudios de impacto ambiental y los de preservación y monitoreo de recursos naturales deben ser hechos y firmados por profesionales inscriptos en el Registro de Profesionales.

    Artículo 17

  • El generador debe reducir sus residuos especiales, separar los incompatibles, tratarlos o disponerlos en sus instalaciones o en plantas autorizadas, y envasarlos, identificarlos y fecharlos.

    Le aplica si su empresa genera residuos peligrosos.

    Artículo 25

  • El generador responde por todo daño que produzcan sus residuos.

    Le aplica si su empresa genera residuos peligrosos.

    Artículo 26

  • El transportista solo puede recibir residuos especiales con su manifiesto y debe entregarlos completos a la planta que el generador indicó.

    Qué mostrar
    Manifiesto

    Artículo 29

  • El transportista debe llevar en la unidad un manual de procedimientos y equipos para controlar una fuga, radio, capacitar a sus conductores, llevar un registro de accidentes e identificar el vehículo y la carga.

    Artículo 32

  • Está prohibido al transportista mezclar residuos incompatibles o de distintos generadores, guardar residuos más de 72 horas sin autorización, y llevar o aceptar residuos mal envasados o sin planta que los reciba.

    Artículo 33

  • El transportista responde por todo daño que produzcan los residuos especiales que transporta.

    Artículo 35

  • Los proyectos de plantas de tratamiento, almacenamiento o disposición final deben estar firmados por profesionales con incumbencia en la materia.

    Artículo 39

  • Los lugares de disposición final como relleno de seguridad deben cumplir las condiciones de suelo, de distancia a centros urbanos y de franja de forestación que fije la reglamentación.

    Artículo 40

  • Al terminar las obras de una planta nueva hay que acordar con la Autoridad de Aplicación las pruebas de funcionamiento, y solo se pueden guardar residuos durante esas pruebas si son indispensables, por no más de seis meses.

    Artículo 43

  • Los titulares de plantas de almacenamiento, tratamiento o disposición final responden como guardianes por todo daño que produzcan los residuos especiales.

    Artículo 46

  • El generador o responsable de los residuos especiales paga los gastos de almacenamiento provisorio, tratamiento o disposición definitiva.

    Le aplica si su empresa genera residuos peligrosos.

    Artículo 50

  • Hasta que existan plantas, los generadores deben almacenar sus residuos especiales de forma adecuada en sus propias plantas, según lo que determine la Autoridad de Aplicación.

    Le aplica si su empresa genera residuos peligrosos.

    Artículo 67

La Ley 11.720 de la Provincia de Buenos Aires regula la generación, manipulación, almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de residuos especiales. Alcanza a generadores, transportistas y titulares de plantas de almacenamiento, tratamiento y disposición final, y exige su inscripción en un registro provincial y el uso de un manifiesto. Está vigente al 6 de octubre de 2026.

Palabras clave residuos especiales · manifiesto · generador · transportista · certificado de habilitación especial · planta de tratamiento · disposición final · plan de cierre · registro provincial · relleno de seguridad

¿Sigue vigente la Ley 11.720?

Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

¿Cómo se controla que un contratista cumpla?

Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans