A las personas físicas y jurídicas, públicas, privadas o mixtas, que realicen actividades industriales, energéticas, agrícolas, ganaderas, de transporte o mineras en Catamarca, según lo que fije la reglamentación.
Las personas y empresas alcanzadas por la ley tienen que presentar como declaración jurada sus emisiones directas e indirectas de gases de efecto invernadero y dar la información y documentación que se pida para los inventarios.
Artículo 5
Documento
Planes paulatinos de reducción de emisiones
Las personas y empresas alcanzadas por la ley tienen que elaborar planes graduales para reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero y aumentar la absorción por sumideros.
Artículo 7
Lo que hay que cumplir.
Las personas y empresas alcanzadas por la ley que tengan en la Provincia una huella de carbono negativa tienen que comprar bonos de compensación todos los años, hasta compensar o llegar a la carbono neutralidad.
Cuándo
Anualmente
Artículo 9
Quien cometa una infracción tiene que cumplir con sus obligaciones y pagar la indemnización por los daños y perjuicios causados, además de la sanción.
Artículo 20
La Ley 5.880 de Catamarca obliga a medir la huella de carbono y a reducir y compensar las emisiones de gases de efecto invernadero en la Provincia. Alcanza a quienes realizan actividades industriales, energéticas, agrícolas, ganaderas, de transporte o mineras en el territorio provincial. Crea el Fondo Compensador Provincial de Huella de Carbono y un régimen de infracciones y sanciones. Está vigente al 6 de octubre de 2026.
Palabras clave huella de carbono · gases de efecto invernadero · inventario de emisiones · bonos de compensación · carbono neutralidad · declaración jurada · sumideros de carbono · mitigación
¿Sigue vigente la Ley 5.880?
Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.
¿Cómo se controla que un contratista cumpla?
Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans