Ley 2.265.

Verificación técnica vehicular obligatoria en la Ciudad de Buenos Aires.

Seguridad vial Emisiones gaseosas Ruido y vibraciones

¿A quién alcanza la Ley 2.265?

A los propietarios, usuarios y conductores de vehículos y motovehículos que circulan en la Ciudad de Buenos Aires, a los talleres calificados y a las estaciones y prestadores del servicio de verificación.

¿A qué obliga la Ley 2.265?

6 para tener 5 para hacer 6 para cumplir

Lo que hay que tener.

  • Registro

    Libro rubricado

    Cada taller calificado debe tener un director técnico responsable de las reparaciones y llevar un libro rubricado con los datos de los vehículos y las reparaciones o el mantenimiento hechos.

    Quién
    El taller calificado

    Artículo 9

  • Habilitación

    Certificado vigente que acredite haber cumplido con la verificación técnica periódica

    El conductor debe llevar el certificado vigente que acredite la verificación técnica periódica del vehículo para poder circular en la Ciudad; en motovehículos y automotores particulares rige desde que entre en vigencia la norma específica en la jurisdicción donde esté radicado el vehículo.

    Quién
    El conductor

    Artículo 14

  • Habilitación

    Certificados de la Verificación Técnica Obligatoria (VTO)

    El usuario debe mantener vigente el certificado de VTO, que dura 24 meses hasta el octavo año del vehículo o hasta los 80.000 km.

    Cuándo
    Veinticuatro (24) meses
    Quién
    El usuario del vehículo

    Artículo 20

  • Registro

    Sistema de registro de revisiones

    La estación de verificación debe funcionar bajo la dirección técnica de un profesional universitario matriculado, hacer solo verificaciones y llevar un registro de todas las revisiones, sus resultados y los rechazos.

    Quién
    La estación de verificación

    Artículo 21

  • Documento

    Documentación que acredite el cumplimiento de las Resoluciones ENARGAS

    Quien conduzca o use un vehículo a GNC o con mezcla de GNC debe mostrar la documentación que acredita el cumplimiento de las resoluciones del ENARGAS para poder hacer la VTO.

    Quién
    El usuario del vehículo a GNC

    Artículo 22

  • Registro

    Sistema de registro de revisiones

    La estación de verificación debe funcionar bajo la dirección técnica de un responsable matriculado o con más de 10 años de antecedentes en tareas similares, y llevar un registro de todas las revisiones, sus resultados y los rechazos.

    Quién
    La estación de verificación

    Artículo 23

Lo que hay que hacer.

  • Medición

    El usuario de un automotor particular o motovehículo que se radique en la Ciudad debe hacer la primera VTO a partir del cuarto año de antigüedad cumplido.

    Qué mostrar
    Primera VTO
    Cuándo
    A partir del cuarto año de antigüedad cumplido
    Quién
    El usuario del vehículo

    Artículo 15

  • Medición

    El titular de un vehículo clásico debe verificarlo en la planta verificadora que determine la autoridad de aplicación.

    Qué mostrar
    Verificación en la planta verificadora
    Quién
    El titular del vehículo clásico

    Artículo 16

  • Medición

    El usuario de un vehículo radicado en la Ciudad debe hacer la VTO según el último número de la patente, a partir de la habilitación del sistema de verificación.

    Qué mostrar
    Verificación Técnica Obligatoria (VTO)
    Quién
    El usuario del vehículo

    Artículo 18

  • Aviso a la autoridad

    El usuario que tenga un acta provisoria debe presentarse ante la autoridad competente dentro de los 30 días hábiles y acreditar que subsanó la falta; si no lo hace, el acta queda definitiva y se aplica la sanción.

    Qué mostrar
    Presentación ante la autoridad competente acreditando haber subsanado la falta
    Cuándo
    Dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes
    Quién
    El usuario del vehículo

    Artículo 24

  • Aviso a la autoridad

    El usuario que tenga un acta provisoria debe presentarse ante la autoridad competente dentro de los 30 días hábiles y acreditar que subsanó la falta; si no lo hace, el acta queda definitiva y se aplica la sanción.

    Qué mostrar
    Presentación ante la autoridad competente acreditando haber subsanado la falta
    Cuándo
    Dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes
    Quién
    El usuario del vehículo

    Artículo 26

Lo que hay que cumplir.

  • El propietario debe mantener las condiciones originales de homologación del vehículo y cumplir las condiciones de seguridad y de emisión de contaminantes para poder circular en la Ciudad.

    Quién
    El propietario del vehículo

    Artículo 8

  • El propietario debe cumplir con el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad, sin perjuicio de lo que dispone la Ley 24.449.

    Quién
    El propietario del vehículo

    Artículo 11

  • El propietario debe ajustar el vehículo a los límites de emisión de gases, ruidos y radiaciones parásitas que fijan las Leyes 1.356 y 1.540 de la Ciudad.

    Quién
    El propietario del vehículo

    Artículo 12

  • Está prohibido modificar las características de seguridad de los vehículos, salvo que la autoridad de aplicación apruebe la modificación por los motivos que fija la Ley.

    Quién
    El propietario del vehículo

    Artículo 13

  • El titular de un vehículo clásico debe llevar la oblea identificatoria que indica el tipo de permiso.

    Qué mostrar
    Oblea identificatoria
    Quién
    El titular del vehículo clásico

    Artículo 17

  • El concesionario debe costear el equipamiento de la verificación técnica rápida y aleatoria, según el pliego de bases y condiciones.

    Quién
    El concesionario

    Artículo 24

La Ley 2.265 de la Ciudad de Buenos Aires establece la verificación técnica obligatoria de vehículos y motovehículos que circulan en la Ciudad, para controlar su seguridad y sus emisiones. Alcanza a propietarios, conductores y usuarios, a los talleres calificados, a las estaciones de verificación y a los prestadores del servicio. Los artículos 21 y 23, y los artículos 24 y 26, regulan los mismos temas con texto distinto. Está vigente al 8 de octubre de 2026.

Palabras clave verificación técnica obligatoria · VTO · estaciones de verificación · talleres calificados · motovehículos · emisión de contaminantes · vehículos clásicos · GNC · certificado de verificación · oblea

¿Sigue vigente la Ley 2.265?

Sí. Al 8 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

¿Cómo se controla que un contratista cumpla?

Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans