Ley 3.295.

Gestión ambiental del agua de dominio público de la Ciudad de Buenos Aires.

Protección del ambiente Uso y captación de agua Efluentes líquidos

¿A quién alcanza la Ley 3.295?

A quienes usan agua pública con medios mecánicos, a los permisionarios, a los titulares de establecimientos nuevos y a quienes vierten efluentes líquidos industriales.

¿A qué obliga la Ley 3.295?

4 para tener 3 para cumplir

Lo que hay que tener.

  • Habilitación

    Quien use agua pública con medios mecánicos para obtenerla o extraerla necesita tener el permiso correspondiente.

    Le aplica si su empresa capta agua.

    Artículo 14

  • Documento

    Proyecto de evacuación y tratamiento de las aguas residuales

    Quien pida un permiso para extraer aguas que puedan terminar en un curso de agua debe presentar con la solicitud un proyecto de evacuación y tratamiento de las aguas residuales, y tener el permiso de vuelco.

    Le aplica si su empresa capta agua.

    Artículo 16

  • Habilitación

    Los titulares de establecimientos que se van a instalar en la Ciudad deben pedir el permiso previsto en esta ley antes de que el establecimiento sea habilitado, y cumplir también la Ley 123.

    Cuándo
    En forma previa a su habilitación
    Quién
    Titulares de establecimientos a instalarse

    Artículo 28

  • Habilitación

    El permisionario solo puede transferir su permiso de uso especial de agua con autorización previa y expresa de la autoridad de aplicación.

    Artículo 37

Lo que hay que cumplir.

  • Está prohibido verter efluentes líquidos industriales, o similares, a la red pluvial, a los cursos y cuerpos de agua superficial y a la vía pública.

    Le aplica si su empresa vuelca efluentes líquidos.

    Artículo 23

  • El permisionario debe usar el agua solo para lo autorizado y dentro de los límites fijados en su permiso, cumplir las normas y las instrucciones de la autoridad, usarla de forma eficiente, mantener las obras en buen estado, pagar el canon y avisar enseguida cualquier hecho que pueda afectar el ambiente o la salud pública.

    Artículo 36

  • Cuando el permiso se extingue por cualquier causa, el permisionario debe dejar los bienes usados en su estado original, salvo que la reglamentación disponga otra cosa.

    Artículo 42

La Ley 3295 regula la gestión ambiental del agua de dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Exige permiso para el uso especial del agua, prohíbe el vertido de efluentes líquidos industriales a la red pluvial y a los cursos de agua, y fija las obligaciones de quienes tienen un permiso. La autoridad de aplicación es la Agencia de Protección Ambiental. Está vigente al 6 de octubre de 2026.

Palabras clave permiso de uso especial · permisionario · vertido de efluentes · permiso de vuelco · aguas subterráneas · agua pública · canon · registro del agua · límites de vertido

¿Sigue vigente la Ley 3.295?

Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

¿Cómo se controla que un contratista cumpla?

Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans