Ley 4.324.

Aviso sobre los riesgos del mercurio en la venta de lámparas fluorescentes.

Sustancias peligrosas

¿A quién alcanza la Ley 4.324?

A quienes venden, distribuyen o suministran al público lámparas fluorescentes compactas o tubos fluorescentes, sean de marca propia o fabricados por terceros.

¿A qué obliga la Ley 4.324?

Lo que hay que cumplir.

  • Quienes venden lámparas fluorescentes compactas o tubos fluorescentes al público deben colocar, a no más de un metro del punto de venta, avisos con el texto del Anexo I.

    Artículo 3

  • Quienes venden lámparas fluorescentes compactas o tubos fluorescentes deben presentar los avisos impresos, legibles, dentro de un rectángulo de fondo blanco con letras negras, y con un tamaño del aviso no menor a 20 cm x 30 cm.

    Artículo 4

La Ley 4.324 de la Ciudad de Buenos Aires garantiza el acceso a la información sobre los efectos del mercurio de las lámparas y tubos fluorescentes y sobre cómo actuar si se rompen. Alcanza a quienes venden, distribuyen o suministran esos productos al público. Les exige exhibir avisos con un texto y un formato determinados. Está vigente al 6 de octubre de 2026.

Palabras clave lámparas fluorescentes · tubos fluorescentes · mercurio · aviso · punto de venta · rotura · comercios · información al consumidor

¿Sigue vigente la Ley 4.324?

Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

¿Cómo se controla que un contratista cumpla?

Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans