# Ley 4.324

Aviso sobre los riesgos del mercurio en la venta de lámparas fluorescentes.

- Estado: Vigente, sin derogación registrada, al 6 de octubre de 2026
- Jurisdicción: Ciudad de Buenos Aires
- Organismo: Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Materia: seguridad
- Actividad: Comercio y servicios
- Condiciones que activan la norma: ninguna
- Categorías: Sustancias peligrosas
- También se cita como: Ley 4324
- Palabras clave: lámparas fluorescentes, tubos fluorescentes, mercurio, aviso, punto de venta, rotura, comercios, información al consumidor
- Texto oficial: https://www.saij.gob.ar/LPX0004324
- Revisada: 2026-10-06
- Dirección: https://matrizlegal.org/ciudad-de-buenos-aires/ley-4324

La Ley 4.324 de la Ciudad de Buenos Aires garantiza el acceso a la información sobre los efectos del mercurio de las lámparas y tubos fluorescentes y sobre cómo actuar si se rompen. Alcanza a quienes venden, distribuyen o suministran esos productos al público. Les exige exhibir avisos con un texto y un formato determinados. Está vigente al 6 de octubre de 2026.

## ¿A quién alcanza la Ley 4.324?

A quienes venden, distribuyen o suministran al público lámparas fluorescentes compactas o tubos fluorescentes, sean de marca propia o fabricados por terceros.

## ¿Sigue vigente la Ley 4.324?

Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

## ¿A qué obliga la Ley 4.324?

1. Quienes venden lámparas fluorescentes compactas o tubos fluorescentes al público deben colocar, a no más de un metro del punto de venta, avisos con el texto del Anexo I.


   > Los sujetos responsables deben exhibir dentro de los establecimientos en los que comercializan lámparas fluorescentes compactas y/o tubos fluorescentes, y a una distancia no mayor de un metro del punto de expendio de las mismas, avisos conteniendo el texto incluido en el Anexo I de la presente Ley.
   >
   > Artículo 3

2. Quienes venden lámparas fluorescentes compactas o tubos fluorescentes deben presentar los avisos impresos, legibles, dentro de un rectángulo de fondo blanco con letras negras, y con un tamaño del aviso no menor a 20 cm x 30 cm.


   > En todos los casos, los avisos deben ser presentados en texto impreso, escrito en forma legible, prominente y proporcional dentro de un rectángulo de fondo blanco con letras negras y su tamaño no puede ser inferior a 20cm x 30cm.
   >
   > Artículo 4

---

Esta base se mantiene de forma automática. Ante cualquier diferencia, vale el texto oficial. Para reportar un error, escriba a soporte@auditans.com.

Fuentes: InfoLeg y SAIJ, Ministerio de Justicia de la Nación, bajo licencia Creative Commons Atribución 4.0.
