Ley 2.651.

Conservación, ordenamiento y manejo de áreas protegidas en La Pampa.

Protección del ambiente

¿A quién alcanza la Ley 2.651?

A los propietarios, pobladores y quienes desarrollan actividades o proyectos dentro de las áreas naturales protegidas de La Pampa.

¿A qué obliga la Ley 2.651?

2 para tener 1 para hacer 4 para cumplir

Lo que hay que tener.

  • Habilitación

    Quien quiera establecer o desarrollar un asentamiento humano en un área protegida, salvo en las reservas de uso múltiple y las naturales estrictas, necesita autorización previa de la autoridad de aplicación, y sus planes de urbanización y de edificación tienen que ser aprobados antes por ella.

    Artículo 20

  • Habilitación

    Para subdividir un inmueble privado en un área protegida hay que tener autorización previa de la autoridad de aplicación.

    Artículo 24

Lo que hay que hacer.

  • Aviso a la autoridad

    El propietario de un inmueble en un área protegida que decida venderlo tiene que avisar a la autoridad de aplicación, de forma fehaciente, el precio y las demás condiciones de la venta.

    Artículo 25

Lo que hay que cumplir.

  • En las zonas restringidas de un área protegida está prohibido instalar industrias, explorar o explotar minas, tener propiedad privada y arrendar tierras.

    Artículo 13

  • En las zonas de uso controlado solo se pueden hacer actividades económicas que conserven o recuperen el ecosistema, y están prohibidas la minería, los hidrocarburos, la caza y pesca comercial y traer especies exóticas.

    Artículo 14

  • En los Monumentos Naturales y Culturales y en los Parques Provinciales está prohibida la presencia humana que perturbe o altere el ambiente natural y que vivan o se radiquen personas, salvo lo mínimo para administrar el área e investigar.

    Artículo 17

  • En las zonas restringidas de los Parques Provinciales está prohibido hacer asentamientos humanos y construir infraestructura, equipamiento e instalaciones.

    Artículo 18

La Ley 2651 de La Pampa fija el régimen de las áreas protegidas de la provincia, sus categorías de manejo y sus zonas. Limita en ellas las industrias, la minería, los asentamientos y la subdivisión de inmuebles privados, y prevé sanciones para quienes la infrinjan. Está vigente al 6 de octubre de 2026.

Palabras clave áreas protegidas · zona restringida · zona de uso controlado · plan de manejo · asentamientos humanos · subdivisión del suelo · servidumbres · parque provincial · monumento natural · guardaparques

¿Sigue vigente la Ley 2.651?

Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

¿Cómo se controla que un contratista cumpla?

Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans