# Ley 8.072

Registro Único de Consultores para estudios de impacto ambiental en La Rioja.

- Estado: Vigente, sin derogación registrada, al 6 de octubre de 2026
- Jurisdicción: La Rioja
- Organismo: Legislatura de la Provincia de La Rioja
- Materia: ambiente
- Actividad: Toda actividad
- Condiciones que activan la norma: ninguna
- Categorías: Registros de consultores ambientales, Evaluación de impacto ambiental
- También se cita como: Ley 8072
- Palabras clave: consultor ambiental, estudio de impacto ambiental, responsable técnico, declaración jurada, actividad minera, renovación de inscripción
- Texto oficial: https://www.saij.gob.ar/LPF0008072
- Revisada: 2026-10-06
- Dirección: https://matrizlegal.org/la-rioja/ley-8072

La Ley 8.072 de La Rioja crea el Registro Único de Consultores para elaborar informes o estudios de impacto ambiental, bajo la Secretaría de Ambiente. Los informes que se exijan a las actividades sujetas a estudios ambientales, incluida la minería, deben estar hechos por consultores inscriptos. Fija también los requisitos de inscripción y su renovación anual. Está vigente al 6 de octubre de 2026.

## ¿A quién alcanza la Ley 8.072?

A quienes deben presentar informes o estudios de impacto ambiental para sus actividades en La Rioja.

## ¿Sigue vigente la Ley 8.072?

Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

## ¿A qué obliga la Ley 8.072?

1. Quien deba presentar un informe o estudio de impacto ambiental tiene que encargarlo a un consultor o empresa consultora inscripta en el Registro Único de Consultores de La Rioja.

   - Qué tener: Una habilitación o una inscripción

   > Los informes o evaluaciones de impacto ambiental que sean requeridos para las actividades sometidas a la presentación de estudios ambientales, incluida la actividad minera y toda otra que en el futuro se encuadre en las exigencias de leyes nacionales y/o provinciales, deben ser emitidas por un consultor o persona jurídica que reúna los requisitos exigidos en la presente ley y se encuentren inscriptos en el Registro Unico de Consultores creado.
   >
   > Artículo 2

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Fuentes: InfoLeg y SAIJ, Ministerio de Justicia de la Nación, bajo licencia Creative Commons Atribución 4.0.
