Decreto 1057/2003.

Facultades de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo sobre los reglamentos de higiene y seguridad.

Obligaciones del empleador Riesgos del trabajo

¿A quién alcanza el Decreto 1057/03?

A los establecimientos en funcionamiento o en condiciones de funcionar, que deben adecuarse a la Ley 19.587 y sus reglamentaciones.

¿A qué obliga el Decreto 1057/03?

Lo que hay que cumplir.

  • Los establecimientos en funcionamiento o en condiciones de funcionar tienen que adecuarse a la Ley 19.587 y a sus reglamentaciones, según los modos que fije la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

    Artículo 2

El Decreto 1057/2003 modifica los Decretos 351/1979, 911/1996 y 617/1997. Faculta a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo a otorgar plazos, modificar valores y requisitos y dictar normas complementarias. También dispone que los establecimientos se adecuen a la Ley 19.587 según los modos que fije esa Superintendencia. Está vigente al 7 de octubre de 2026.

Palabras clave establecimientos · adecuación a la ley 19.587 · recomendaciones técnicas · especificaciones técnicas · normas complementarias · plazos · reglamento de higiene y seguridad · actividad agraria

¿Sigue vigente el Decreto 1057/03?

Sí. Al 7 de octubre de 2026 no registra una norma que lo derogue.

¿Cómo se controla que un contratista cumpla?

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