# Decreto 1057/2003

Facultades de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo sobre los reglamentos de higiene y seguridad.

- Estado: Vigente, sin derogación registrada, al 7 de octubre de 2026
- Jurisdicción: Nación
- Organismo: Poder Ejecutivo Nacional
- Materia: seguridad
- Actividad: Toda actividad
- Condiciones que activan la norma: ninguna
- Categorías: Obligaciones del empleador, Riesgos del trabajo
- También se cita como: Decreto 1057/03, Dto. 1057/2003, Dec. 1057/2003
- Palabras clave: establecimientos, adecuación a la ley 19.587, recomendaciones técnicas, especificaciones técnicas, normas complementarias, plazos, reglamento de higiene y seguridad, actividad agraria
- Texto oficial: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/90000-94999/90203/norma.htm
- Revisada: 2026-10-07
- Dirección: https://matrizlegal.org/nacion/decreto-1057-2003

El Decreto 1057/2003 modifica los Decretos 351/1979, 911/1996 y 617/1997. Faculta a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo a otorgar plazos, modificar valores y requisitos y dictar normas complementarias. También dispone que los establecimientos se adecuen a la Ley 19.587 según los modos que fije esa Superintendencia. Está vigente al 7 de octubre de 2026.

## ¿A quién alcanza el Decreto 1057/03?

A los establecimientos en funcionamiento o en condiciones de funcionar, que deben adecuarse a la Ley 19.587 y sus reglamentaciones.

## ¿Sigue vigente el Decreto 1057/03?

Sí. Al 7 de octubre de 2026 no registra una norma que lo derogue.

## ¿A qué obliga el Decreto 1057/03?

1. Los establecimientos en funcionamiento o en condiciones de funcionar tienen que adecuarse a la Ley 19.587 y a sus reglamentaciones, según los modos que fije la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.


   > Aquellos establecimientos en funcionamiento o en condiciones de funcionamiento, deberán adecuarse a la Ley Nº 19.587 y a las reglamentaciones que al respecto se dicten, de conformidad con los modos que a tal efecto fijará la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO atendiendo a las circunstancias de cada caso y a los fines previstos por dicha Ley
   >
   > Artículo 2

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Fuentes: InfoLeg y SAIJ, Ministerio de Justicia de la Nación, bajo licencia Creative Commons Atribución 4.0.
