Decreto 1161/2000.

Control de precursores y sustancias químicas usadas en la fabricación ilícita de estupefacientes.

Precursores químicos

¿A quién alcanza el Decreto 1161/00?

A las personas y empresas que producen, fabrican, almacenan, distribuyen, comercializan, importan, exportan o transportan sustancias químicas de las listas I, II y III.

  • Le aplica si su empresa usa o almacena sustancias químicas.

¿A qué obliga el Decreto 1161/00?

3 para tener 1 para hacer

Lo que hay que tener.

  • Habilitación

    Las personas y empresas que producen, comercializan, importan, exportan o hacen otras operaciones con sustancias de las listas I y II tienen que inscribirse en el Registro Nacional de Precursores Químicos antes de empezar.

    Cuándo
    Con carácter previo al inicio de cualquiera de dichas operaciones

    Artículo 4

  • Registro

    Registro completo, fidedigno y actualizado de los movimientos

    Quienes producen, comercializan, importan, exportan o hacen otras operaciones con sustancias de las listas I y II tienen que llevar un inventario de cada una y un registro de sus movimientos, completos y al día.

    Artículo 5

  • Registro

    Inventario completo, fidedigno y actualizado

    Quienes producen, comercializan, importan, exportan o hacen otras operaciones con sustancias de la lista III tienen que llevar un inventario de cada una, con las mismas características que el de las listas I y II, y tenerlo a disposición de la Secretaría.

    Artículo 6

Lo que hay que hacer.

  • Aviso a la autoridad

    Quienes producen, comercializan, importan, exportan o hacen otras operaciones con sustancias de las listas I, II y III tienen que avisar de inmediato a la Secretaría cuando tengan motivos razonables para pensar que se podrían usar con fines ilícitos.

    Cuándo
    De inmediato

    Artículo 7

El Decreto 1161/2000 modifica el Decreto 1095/1996 sobre el control de precursores y sustancias químicas que pueden usarse para fabricar estupefacientes. Obliga a inscribirse, llevar inventarios y registros y avisar operaciones sospechosas a quienes producen, comercializan, importan o exportan esas sustancias. Incorpora una Lista III con un control más flexible. Está vigente al 6 de octubre de 2026.

Palabras clave estupefacientes · sustancias químicas · inventario · registro de movimientos · declaración jurada · importación · exportación · inscripción · inspecciones · narcotráfico

¿Sigue vigente el Decreto 1161/00?

Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que lo derogue.

¿Cómo se controla que un contratista cumpla?

Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans