Decreto 170/1996.

Reglamentación de la Ley de Riesgos del Trabajo: planes de mejoramiento y deberes de empleadores, aseguradoras y trabajadores.

Riesgos del trabajo Obligaciones del empleador Capacitación

¿A quién alcanza el Decreto 170/96?

A los empleadores afiliados a una aseguradora, a los autoasegurados y no asegurados, a las aseguradoras y a los trabajadores.

¿A qué obliga el Decreto 170/96?

4 para tener 4 para hacer 6 para cumplir

Lo que hay que tener.

  • Documento

    Plan de Mejoramiento

    Los Planes de Mejoramiento se arman por niveles y etapas, y en cada etapa el empleador debe desarrollar los elementos que mejoren las condiciones y el medio ambiente de trabajo.

    Artículo 1

  • Documento

    Plan de Mejoramiento

    El Plan de Mejoramiento del empleador tiene que incluir los requisitos mínimos que la Superintendencia de Riesgos del Trabajo fije para cada sector de actividad.

    Artículo 6

  • Documento

    Plan de Mejoramiento

    El empleador y la aseguradora deben redactar el Plan de Mejoramiento según las pautas del decreto y con las formalidades que fije la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

    Artículo 7

  • Documento

    Plan de Mejoramiento

    El empleador y la aseguradora deben acordar el Plan de Mejoramiento dentro de los plazos que fija el artículo.

    Artículo 9

Lo que hay que hacer.

  • Medición

    El empleador debe evaluar con su aseguradora en qué nivel de cumplimiento está y a cuál prevé llegar, y su plan tiene que prever llegar al menos al tercer nivel dentro del plazo del artículo 9.

    Artículo 2

  • Medición

    El empleador y la aseguradora deben evaluar juntos cómo se cumple la normativa de higiene y seguridad en el establecimiento, usando el formulario de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

    Artículo 5

  • Capacitación

    Los trabajadores tienen que ir a los cursos de capacitación que se den en su horario de trabajo y firmar las constancias.

    Artículo 21

  • Aviso a la autoridad

    Si la aseguradora no cumple sus obligaciones, el empleador tiene que intimarla por medio fehaciente dentro de los 30 días corridos y, si no se regulariza, avisar a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

    Artículo 29

Lo que hay que cumplir.

  • El empleador que se queda en el tercer nivel tiene que mantener actividades permanentes de prevención de riesgos y conservar las condiciones de trabajo logradas.

    Artículo 3

  • Los empleadores autoasegurados, los no asegurados y los que la Superintendencia excluya del Plan de Mejoramiento igual tienen que cumplir las normas vigentes de higiene y seguridad en el trabajo.

    Artículo 8

  • El empleador tiene que completar las obligaciones del segundo nivel dentro de los 24 meses siguientes, también si cambia de aseguradora.

    Artículo 9

  • El empleador debe dejar entrar al personal de la aseguradora sin aviso previo, informar a la aseguradora, cumplir los planes y la capacitación acordados, dar a conocer el Plan de Mejoramiento a los trabajadores y capacitarlos sobre los riesgos de su puesto.

    Artículo 28

  • Los trabajadores tienen que cumplir las normas de prevención, ir a la capacitación, usar los equipos de protección, manejar con seguridad máquinas y sustancias, respetar los carteles, colaborar en la formación e informar al empleador de los riesgos de su puesto.

    Artículo 30

  • El empleador autoasegurado debe cumplir las normas de higiene y seguridad, llevar el registro de siniestralidad de cada establecimiento y avisar a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo los accidentes y enfermedades profesionales.

    Artículo 32

El Decreto 170/1996 reglamenta la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo. Fija la estructura y los niveles de los Planes de Mejoramiento de higiene y seguridad, el régimen de alícuotas y los deberes de las aseguradoras, los empleadores y los trabajadores. Está vigente al 7 de octubre de 2026.

Palabras clave plan de mejoramiento · aseguradora · autoasegurados · niveles de cumplimiento · contrato de afiliación · higiene y seguridad

¿Sigue vigente el Decreto 170/96?

Sí. Al 7 de octubre de 2026 no registra una norma que lo derogue.

¿Cómo se controla que un contratista cumpla?

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