Decreto 717/1996.

Denuncia de accidentes y enfermedades profesionales y trámite ante las Comisiones Médicas.

Riesgos del trabajo Obligaciones del empleador Accidentes y enfermedades profesionales

¿A quién alcanza el Decreto 717/96?

Al empleador, que debe denunciar los accidentes y enfermedades profesionales, y a los empleadores autoasegurados, que cumplen las reglas previstas para las aseguradoras.

¿A qué obliga el Decreto 717/96?

2 para hacer 1 para cumplir

Lo que hay que hacer.

  • Aviso a la autoridad

    El empleador tiene que denunciar a la aseguradora, apenas se entere, todo accidente de trabajo o enfermedad profesional de sus trabajadores.

    Cuándo
    Inmediatamente de conocido

    Artículo 1

  • Aviso a la autoridad

    La denuncia del empleador tiene que traer, como mínimo, los datos que pida la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

    Artículo 2

Lo que hay que cumplir.

  • Los empleadores con autoseguro tienen que cumplir las mismas reglas de este decreto que se aplican a las aseguradoras.

    Artículo 37

El Decreto 717/1996 regula cómo se denuncia un accidente de trabajo o una enfermedad profesional y cómo se tramita el caso ante las Comisiones Médicas. Alcanza al empleador, a las aseguradoras y a los empleadores autoasegurados. Los artículos 7, 8, 15, 24, 29 y 32 están derogados y el resto sigue vigente, con varios artículos sustituidos por el Decreto 1475/2015. Está vigente al 7 de octubre de 2026.

Palabras clave denuncia de accidente · enfermedad profesional · aseguradora · comisiones médicas · autoseguro · incapacidad laboral · accidente de trabajo · comisión médica central

¿Sigue vigente el Decreto 717/96?

Sí. Al 7 de octubre de 2026 no registra una norma que lo derogue.

¿Cómo se controla que un contratista cumpla?

Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans