Disposición CNRT 500/2017.

Limitación de velocidad de camiones usados de las categorías N2 y N3.

Seguridad vial

¿A quién alcanza la Disposición CNRT 500/17?

A los transportistas de cargas de jurisdicción nacional con camiones N2 y N3, y a las terminales automotrices que fabrican o importan camiones nuevos.

¿A qué obliga la Disposición CNRT 500/17?

1 para tener 4 para cumplir

Lo que hay que tener.

  • Documento

    Factura emitida por el concesionario oficial

    Cada transportista de cargas tiene que mostrar en el taller de revisión técnica la factura del concesionario oficial, con los datos de la configuración técnica de fábrica del vehículo, para acreditar que limitó la velocidad.

    Quién
    El transportista de cargas

    Anexo, artículo 2

Lo que hay que cumplir.

  • Las terminales automotrices tienen que entregar limitados en su velocidad máxima los camiones 0 km N2 y N3 de cargas de jurisdicción nacional fabricados o importados desde el 1 de junio de 2017.

    Quién
    La terminal automotriz

    Artículo 4

  • Cada transportista de cargas con camiones usados de las categorías N2 y N3 tiene que pedir un turno en un concesionario oficial de la fábrica y limitar la velocidad de la unidad a 90 kilómetros por hora.

    Quién
    El transportista de cargas

    Anexo, artículo 1

  • Cada transportista de cargas tiene que limitar la velocidad de sus camiones usados dentro de las fechas que el cronograma fija según el año modelo de cada unidad.

    Quién
    El transportista de cargas

    Anexo, artículo 3

  • El personal del taller de revisión técnica tiene que avisar de forma fehaciente al transportista que llega a la revisión antes de la fecha del cronograma que debe limitar la unidad y en qué plazo.

    Quién
    El personal del taller de revisión técnica

    Anexo, artículo 3

La Disposición CNRT 500/2017 aprueba el procedimiento y el cronograma para limitar la velocidad de los camiones usados de las categorías N2 y N3 del transporte de cargas de jurisdicción nacional. Los camiones que no lo cumplan no aprueban la revisión técnica obligatoria, y los nuevos deben salir limitados de fábrica. Está vigente al 8 de octubre de 2026.

Palabras clave limitador de velocidad · N2 y N3 · camiones · transportista de cargas · revisión técnica obligatoria · concesionario oficial · 90 kilómetros por hora

¿Sigue vigente la Disposición CNRT 500/17?

Sí. Al 8 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

¿Cómo se controla que un contratista cumpla?

Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans