A las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, que hacen obras o actividades que pueden afectar el ambiente, y a quienes causan daño ambiental.
Las personas físicas o jurídicas que hagan una obra o actividad deben iniciar el trámite presentando una declaración jurada que diga si la obra o actividad afectará el ambiente.
Artículo 12
Documento
Estudios de impacto ambiental
El estudio de impacto ambiental debe incluir como mínimo una descripción detallada del proyecto, las consecuencias sobre el ambiente y las acciones para reducir los efectos negativos.
Artículo 13
Documento
Seguro de cobertura
Quien haga actividades riesgosas para el ambiente tiene que contratar un seguro que alcance para pagar la recomposición del daño que pueda causar, y puede además integrar un fondo de restauración ambiental.
Artículo 22
Lo que hay que hacer.
Medición
Quien haga una obra o actividad que pueda degradar el ambiente o afectar la calidad de vida de la población de forma significativa debe pasar por una evaluación de impacto ambiental antes de ejecutarla.
Cuándo
Previo a su ejecución
Artículo 11
Lo que hay que cumplir.
Las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, deben dar la información sobre la calidad ambiental de las actividades que desarrollan.
Artículo 16
Quien cause un daño ambiental responde por devolver el ambiente a su estado anterior y, si eso no es técnicamente posible, debe depositar la indemnización que fije la justicia en el Fondo de Compensación Ambiental.
Artículo 28
Si dos o más personas participaron en un daño ambiental colectivo, o no se puede medir cuánto aportó cada una, todas responden solidariamente por la reparación.
Artículo 31
Cuando una persona jurídica produce el daño ambiental, sus autoridades y sus profesionales también responden, en la medida en que participaron.
Artículo 31
La Ley 25.675 fija los presupuestos mínimos para una gestión sustentable y adecuada del ambiente en todo el territorio de la Nación. Obliga a quienes hacen obras o actividades que pueden degradar el ambiente a pasar por una evaluación de impacto ambiental, a quienes hacen actividades riesgosas a contratar un seguro, y a quien causa un daño ambiental a repararlo. Está vigente al 7 de octubre de 2026.
Palabras clave estudio de impacto ambiental · declaración jurada · declaración de impacto ambiental · daño ambiental · recomposición · actividades riesgosas · información ambiental · responsabilidad solidaria · presupuestos mínimos · fondo de restauración
¿Sigue vigente la Ley 25.675?
Sí. Al 7 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.
¿Cómo se controla que un contratista cumpla?
Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans