Ley 26.639.

Presupuestos mínimos para la preservación de los glaciares y del ambiente periglacial.

Protección del ambiente Evaluación de impacto ambiental Minería

¿A quién alcanza la Ley 26.639?

A quienes realizan o proyectan actividades en glaciares y ambiente periglacial, en especial mineras, hidrocarburíferas, industriales y de obra, y a quienes dirigen las personas jurídicas infractoras.

¿A qué obliga la Ley 26.639?

2 para hacer 2 para cumplir

Lo que hay que hacer.

  • Medición

    Quien proyecte una actividad en un glaciar o en el ambiente periglacial tiene que hacer una evaluación de impacto ambiental antes de que se autorice y se ejecute, con una instancia de participación ciudadana; quedan fuera los rescates por emergencias, las actividades científicas a pie o sobre esquíes que no dejen desechos y las deportivas no motorizadas que no perturben el ambiente.

    Cuándo
    En forma previa a su autorización y ejecución

    Artículo 7

  • Medición

    Quienes ya realizaban las actividades del artículo 6 cuando se sancionó la ley deben hacer una auditoría ambiental que identifique y mida los impactos potenciales y generados, dentro de los 180 días desde la promulgación.

    Cuándo
    En un plazo máximo de CIENTO OCHENTA (180) días de promulgada la presente

    Artículo 15

Lo que hay que cumplir.

  • Está prohibido hacer en los glaciares y el ambiente periglacial identificados por la autoridad de cada jurisdicción actividades que alteren de modo relevante su condición natural o sus funciones de agua, como tirar contaminantes o residuos, construir obras (salvo las de investigación científica y prevención de riesgos), explorar o explotar minas o petróleo e instalar industrias.

    Artículo 6

  • Si la infractora es una persona jurídica, quienes la dirigen, administran o gerencian responden solidariamente por las sanciones de la ley.

    Artículo 13

La Ley 26.639 fija los presupuestos mínimos para proteger los glaciares y el ambiente periglacial como reservas de agua, y crea el Inventario Nacional de Glaciares. Prohíbe en las zonas identificadas las actividades que alteren su condición natural o sus funciones hídricas y exige evaluación de impacto ambiental para las actividades proyectadas. Sus artículos 1, 3, 5, 6, 7 y 8 fueron sustituidos y se incorporó el artículo 3 bis por la Ley 27.804. Está vigente al 6 de octubre de 2026.

Palabras clave glaciares · ambiente periglacial · inventario nacional de glaciares · auditoría ambiental · recursos hídricos · principio precautorio · participación ciudadana

¿Sigue vigente la Ley 26.639?

Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

¿Cómo se controla que un contratista cumpla?

Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans