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Resolución INV 21/2023.
También se cita como Res. INV 21/2023, Resolución INV 21/23, Res. INV 21/23 o RESOL-2023-21-APN-INV#MEC.
Definiciones y exigencias mínimas para habilitar e inscribir establecimientos de alcohol etílico y metanol.
Sustancias peligrosas
Protección contra incendios
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Estado: Vigente, sin derogación registrada.
Jurisdicción: Nación .
Organismo: INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (I.N.V.).
Texto oficial: InfoLeg, norma 387438 .
Revisada el 7 de octubre de 2026 .
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# Resolución INV 21/2023
Definiciones y exigencias mínimas para habilitar e inscribir establecimientos de alcohol etílico y metanol.
- Estado: Vigente, sin derogación registrada, al 7 de octubre de 2026
- Jurisdicción: Nación
- Organismo: INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (I.N.V.)
- Materia: seguridad
- Actividad: Industria manufacturera, Comercio y servicios
- Condiciones que activan la norma:
- Usa o almacena sustancias químicas. ¿Se usan o almacenan sustancias químicas peligrosas?
- Categorías: Sustancias peligrosas, Protección contra incendios
- También se cita como: Res. INV 21/2023, Resolución INV 21/23, Res. INV 21/23, RESOL-2023-21-APN-INV#MEC
- Palabras clave: inscripción de establecimientos, destilería, alcohol etílico, metanol, planta de almacenaje, anhidradora, fraccionador, báscula, vasijas, técnico responsable
- Texto oficial: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/385000-389999/387438/texact.htm
- Revisada: 2026-10-07
- Dirección: https://matrizlegal.org/nacion/resolucion-inv-21-2023
La Resolución INV 21/2023 define los tipos de establecimientos que trabajan con alcohol etílico y metanol y fija las condiciones mínimas para habilitarlos, entre ellas el cumplimiento de la Ley 19.587 de higiene y seguridad, las medidas contra incendios y las escaleras y barandas de las vasijas. Aprueba además la documentación que se presenta ante el Instituto Nacional de Vitivinicultura para inscribir y transferir estos establecimientos. La figura de inscripción de destilador artesanal fue derogada por el artículo 5° de la Resolución INV 41/2024; el resto de la norma sigue en pie. Está vigente al 7 de octubre de 2026.
## ¿A quién alcanza la Resolución INV 21/23?
A los establecimientos que destilan, fabrican, manipulan, fraccionan o comercializan alcohol etílico, aguardiente natural o metanol.
## ¿Sigue vigente la Resolución INV 21/23?
Sí. Al 7 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.
## ¿A qué obliga la Resolución INV 21/23?
1. Las instalaciones del establecimiento deben cumplir en todo las normas de higiene y seguridad en el trabajo de la Ley 19.587.
> Las instalaciones deberán responder en un todo a las normas de HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO establecidas por la Ley N° 19.587.
>
> Anexo I, Requisitos generales, artículo 2
2. El establecimiento tiene que haber empezado a implementar buenas prácticas de manufactura o un sistema similar, y contar con medidas contra incendios y un sistema general de extinción aprobados por los organismos competentes.
> Los establecimientos deberán tener iniciado un proceso de implementación de Gestión de Buenas Prácticas de Manufactura o similar y medidas de seguridad contra incendios y sistema general de extinción aprobados por organismos competentes.
>
> Anexo I, Requisitos generales, artículo 3
3. Todas las vasijas deben tener escaleras fijas para llegar a su parte superior, y las pasarelas o puentes que las unan tienen que ser amplios y con barandas para circular con seguridad; las plantas de mezcla de biocombustible están exceptuadas.
> Todas las vasijas deberán contar con escaleras fijas y adecuadas para acceder a su parte superior. En caso de estar comunicadas entre sí a través de pasarelas o puentes, estos deberán ser suficientemente amplios, provistos de barandas de modo tal que permitan el fácil y seguro desplazamiento de personas. Estarán exceptuados de cumplir con este requisito las Planta de Mezcla de biocombustible.
>
> Anexo I, Vasijas, artículo 2
4. El solicitante tiene que presentar copia del certificado de habilitación municipal que diga expresamente que el establecimiento tiene permiso para depositar o manipular productos inflamables.
- Qué tener: Certificado de habilitación de la Municipalidad (documento)
> Se requerirá una copia del certificado de habilitación de la Municipalidad donde se encuentre radicado el establecimiento, en el que conste expresamente que posee permiso para depositar y/o manipular productos inflamables.-
>
> Anexo II, artículo 1.4
## ¿Con qué otras normas se relaciona?
- [Ley 19.587](https://matrizlegal.org/nacion/ley-19587.md): Higiene y seguridad en el trabajo. Esta norma la complementa. Vigente.
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Fuentes: InfoLeg y SAIJ, Ministerio de Justicia de la Nación, bajo licencia Creative Commons Atribución 4.0.
¿A quién alcanza la Resolución INV 21/23?
A los establecimientos que destilan, fabrican, manipulan, fraccionan o comercializan alcohol etílico, aguardiente natural o metanol.
Le aplica si su empresa usa o almacena sustancias químicas.
¿A qué obliga la Resolución INV 21/23?
1 para tener
3 para cumplir
Lo que hay que tener.
Lo que hay que cumplir.
Las instalaciones del establecimiento deben cumplir en todo las normas de higiene y seguridad en el trabajo de la Ley 19.587.
Anexo I, Requisitos generales, artículo 2
El establecimiento tiene que haber empezado a implementar buenas prácticas de manufactura o un sistema similar, y contar con medidas contra incendios y un sistema general de extinción aprobados por los organismos competentes.
Anexo I, Requisitos generales, artículo 3
Todas las vasijas deben tener escaleras fijas para llegar a su parte superior, y las pasarelas o puentes que las unan tienen que ser amplios y con barandas para circular con seguridad; las plantas de mezcla de biocombustible están exceptuadas.
Anexo I, Vasijas, artículo 2
La Resolución INV 21/2023 define los tipos de establecimientos que trabajan con alcohol etílico y metanol y fija las condiciones mínimas para habilitarlos, entre ellas el cumplimiento de la Ley 19.587 de higiene y seguridad, las medidas contra incendios y las escaleras y barandas de las vasijas. Aprueba además la documentación que se presenta ante el Instituto Nacional de Vitivinicultura para inscribir y transferir estos establecimientos. La figura de inscripción de destilador artesanal fue derogada por el artículo 5° de la Resolución INV 41/2024; el resto de la norma sigue en pie. Está vigente al 7 de octubre de 2026.
Palabras clave inscripción de establecimientos · destilería · alcohol etílico · metanol · planta de almacenaje · anhidradora · fraccionador · báscula · vasijas · técnico responsable
¿Sigue vigente la Resolución INV 21/23?
Sí. Al 7 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.
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