Al generador de residuos peligrosos y al operador que los trata in situ con equipo móvil en su establecimiento.
Le aplica si su empresa genera residuos peligrosos.
¿A qué obliga la Resolución MAyDS 88/17?
Lo que hay que tener.
Habilitación
El operador in situ tiene que obtener su habilitación o conformidad ambiental ante la autoridad ambiental de la provincia o de la Ciudad de Buenos Aires donde se hará la actividad, y cumplir los requisitos que esa autoridad fije.
Artículo 3
Habilitación
El generador tiene que obtener su habilitación o conformidad ambiental ante la autoridad ambiental de la provincia o de la Ciudad de Buenos Aires donde se hará la actividad, y cumplir los requisitos que esa autoridad fije.
Artículo 3
Habilitación
Cuando la operación in situ deba hacerse en un establecimiento de utilidad nacional, el generador y el operador in situ tienen que pedir juntos, como excepción, autorización a la Dirección de Residuos Peligrosos del Ministerio, y probar que el control local interfiere con la finalidad o utilidad nacional del establecimiento.
Artículo 4
Documento
Declaración jurada (Anexo I) y documentación del Anexo II
Cuando deba intervenir la Dirección de Residuos Peligrosos, el generador y el operador in situ tienen que presentar juntos la declaración jurada del Anexo I y la documentación que detalla el Anexo II.
Artículo 5
Documento
Anexo III
Cuando termina la operación, el generador y el operador in situ tienen que presentar el Anexo III.
Artículo 6
Documento
Manifiesto de Transporte Nacional
Si la operación in situ genera residuos peligrosos que deben llevarse fuera de la provincia donde se generaron, el transporte se tiene que hacer con el Manifiesto de Transporte Nacional, según el procedimiento del Anexo IV.
Artículo 7
La Resolución MAyDS 88/2017 define al operador con equipo transportable u operador in situ, que trata residuos peligrosos en el establecimiento del generador. Fija las habilitaciones, las presentaciones y el manifiesto de transporte que deben cumplir el generador y el operador. Deroga la Resolución SRNyDS 185/1999. Está vigente al 6 de octubre de 2026.
Palabras clave operador in situ · equipo transportable · generador · tratamiento in situ · manifiesto de transporte nacional · habilitación ambiental · declaración jurada · establecimiento de utilidad nacional
¿Sigue vigente la Resolución MAyDS 88/17?
Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.
¿Cómo se controla que un contratista cumpla?
Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans