Resolución SAyDS 1398/2008.

Montos mínimos asegurables de entidad suficiente para el seguro por daño ambiental de incidencia colectiva.

Seguro ambiental Protección del ambiente

¿A quién alcanza la Resolución SAyDS 1398/08?

A las empresas titulares de instalaciones fijas de actividades industriales y de servicios con Nivel de Complejidad Ambiental igual o superior a 14,5, que deben tener seguro ambiental.

¿A qué obliga la Resolución SAyDS 1398/08?

Lo que hay que tener.

  • Documento

    La empresa alcanzada debe contratar su seguro de responsabilidad ambiental, incluido el seguro de caución, por una suma que no sea menor al Monto Mínimo Asegurable de Entidad Suficiente.

    Anexo I, artículo 2

La Resolución SAyDS 1398/2008 fija los montos mínimos asegurables de entidad suficiente para los seguros por daño ambiental de incidencia colectiva, según el artículo 22 de la Ley 25.675. Alcanza a las instalaciones fijas de actividades industriales y de servicios con un Nivel de Complejidad Ambiental igual o superior a 14,5. Sus anexos establecen los alcances y la metodología de cálculo. Está vigente al 6 de octubre de 2026.

Palabras clave daño ambiental · recomposición · monto mínimo asegurable · nivel de complejidad ambiental · póliza · seguro de caución · remediación · entidad suficiente

¿Sigue vigente la Resolución SAyDS 1398/08?

Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

¿Cómo se controla que un contratista cumpla?

Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans