Resolución SAyDS 481/2011.

Criterio de inclusión por Nivel de Complejidad Ambiental para el seguro ambiental de actividades riesgosas.

Seguro ambiental Protección del ambiente

¿A quién alcanza la Resolución SAyDS 481/11?

A los establecimientos de actividades riesgosas con Nivel de Complejidad Ambiental de 14,5 puntos o más, y a las instalaciones fijas industriales y de servicios con ese nivel.

¿A qué obliga la Resolución SAyDS 481/11?

Lo que hay que cumplir.

  • Los establecimientos de actividades riesgosas con un Nivel de Complejidad Ambiental de 14,5 puntos o más tienen que cumplir la obligación del artículo 22 de la Ley 25.675.

    Artículo 1

La Resolución SAyDS 481/2011 fija que quedan incluidos en la obligación del artículo 22 de la Ley 25.675 los establecimientos de actividades riesgosas con un Nivel de Complejidad Ambiental de 14,5 puntos o más. Esa obligación es la de contratar un seguro de cobertura para garantizar la recomposición del daño ambiental. Además, redefine las categorías de riesgo ambiental y el alcance del monto mínimo asegurable. Está vigente al 6 de octubre de 2026.

Palabras clave nivel de complejidad ambiental · actividades riesgosas · monto mínimo asegurable · categorías de riesgo ambiental · recomposición del daño · seguro de cobertura

¿Sigue vigente la Resolución SAyDS 481/11?

Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

¿Cómo se controla que un contratista cumpla?

Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans