El empleador proporciona al prestador médico el nombre, CUIL y datos del trabajador y la razón social, CUIT y aseguradora del empleador, y la demora en entregarlos no justifica la falta de asistencia.
Anexo I, artículo 3.2
Documento
Copia de la denuncia
El empleador entrega al trabajador que la pide una copia de la denuncia, sin ponerle condición alguna.
Anexo I, artículo 4.4
Lo que hay que hacer.
Aviso a la autoridad
Las empresas autoaseguradas remiten mensualmente a la SRT la información sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que describe el Anexo III.
Cuándo
Mensualmente
Artículo 4
Aviso a la autoridad
El empleador denuncia el siniestro ante la aseguradora, dentro de las 48 horas hábiles de conocerlo, en el formulario de denuncia que se ajusta al esquema del Anexo II Parte D.
Qué mostrar
Formulario de Denuncia
Cuándo
48 hs. hábiles
Anexo I, artículo 4.1
Aviso a la autoridad
El empleador informa los accidentes sin baja en un Reporte Mensual de Accidentes Sin Baja dentro de los cinco días hábiles del mes siguiente, cuando la aseguradora se lo requiera.
Qué mostrar
Reporte Mensual de Accidentes Sin Baja
Cuándo
Dentro de los 5 días hábiles del mes siguiente
Anexo I, artículo 4.2
Lo que hay que cumplir.
El empleador procura la atención médica del trabajador con los recursos disponibles aunque la aseguradora no lo haya instruido sobre los pasos a seguir.
Anexo I, artículo 1.4
Los empleadores ponen en conocimiento de los trabajadores las instrucciones recibidas de la aseguradora sobre el procedimiento en caso de accidente o enfermedad profesional.
Anexo I, artículo 1.5
El empleador gestiona de inmediato la atención médica del trabajador que le reporta un accidente o enfermedad profesional, según las instrucciones de la aseguradora.
Cuándo
En forma inmediata
Anexo I, artículo 3.1
Las empresas autoaseguradas cumplen el procedimiento de denuncia en el rol de empleador y de aseguradora según corresponda.
Anexo I, artículo 7
La Resolución SRT 15/1998 crea el Registro de Siniestros y fija el procedimiento para denunciar accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. El empleador debe gestionar la atención médica, denunciar el siniestro a la aseguradora y informar a sus trabajadores el procedimiento. Está vigente al 5 de octubre de 2026.
Palabras clave denuncia de accidente · registro de siniestros · enfermedad profesional · atención médica · empleador autoasegurado · accidente sin baja · reporte mensual
¿Sigue vigente la Resolución SRT 15/98?
Sí. Al 5 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.
¿Cómo se controla que un contratista cumpla?
Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans