# Resolución SRT 222/1998

Formularios de evaluación y acceso al Cuarto nivel de cumplimiento de normas de prevención.

- Estado: Vigente, sin derogación registrada, al 7 de octubre de 2026
- Jurisdicción: Nación
- Organismo: Superintendencia de Riesgos del Trabajo
- Materia: seguridad
- Actividad: Toda actividad
- Condiciones que activan la norma: ninguna
- Categorías: Riesgos del trabajo, Obligaciones del empleador
- También se cita como: Resolución SRT 222/98, Res. SRT 222/1998
- Palabras clave: cuarto nivel, tercer nivel, planes de mejoramiento, certificado de cumplimiento, aseguradora, formularios de evaluación, normas de prevención
- Texto oficial: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/50000-54999/54661/norma.htm
- Revisada: 2026-10-07
- Dirección: https://matrizlegal.org/nacion/resolucion-srt-222-1998

La Resolución SRT 222/1998 aprueba los formularios de evaluación para alcanzar el Cuarto nivel de cumplimiento de normas de prevención. Esos formularios son optativos y las aseguradoras pueden usar otros propios con exigencias comparables o superiores. Las empresas que quieran acceder al Cuarto nivel necesitan antes el certificado de cumplimiento de Tercer nivel. Está vigente al 7 de octubre de 2026.

## ¿A quién alcanza la Resolución SRT 222/98?

A las empresas que quieren calificar en el Cuarto nivel de cumplimiento de normas de prevención.

## ¿Sigue vigente la Resolución SRT 222/98?

Sí. Al 7 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

## ¿A qué obliga la Resolución SRT 222/98?

1. Las empresas que quieran acceder al Cuarto nivel de cumplimiento de normas de prevención tienen que contar antes con el certificado de cumplimiento de Tercer nivel que les da su aseguradora.

   - Qué tener: Certificado de cumplimiento de Tercer nivel (documento)
   - Quién: Su Aseguradora

   > Establécese que para acceder al Cuarto nivel de cumplimiento de normas de prevención, las empresas previamente, deberán contar con el certificado de cumplimiento de Tercer nivel, extendido por su Aseguradora.
   >
   > Artículo 3

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Fuentes: InfoLeg y SAIJ, Ministerio de Justicia de la Nación, bajo licencia Creative Commons Atribución 4.0.
