{
  "id": "nacion/resolucion-srt-23-1997",
  "url": "https://matrizlegal.org/nacion/resolucion-srt-23-1997",
  "tipo": "resolucion",
  "numero": "23",
  "anio": 1997,
  "nombre": "Resolución SRT 23/1997",
  "otros_nombres": [
    "Resolución SRT 23/97",
    "Res. SRT 23/1997",
    "Res. SRT 23/97",
    "Resolución S.R.T. 23/1997"
  ],
  "jurisdiccion": "Nación",
  "jurisdiccion_clave": "nacion",
  "municipio": null,
  "municipio_clave": null,
  "organismo": "Superintendencia de Riesgos del Trabajo",
  "tema": "Denuncia de accidentes y enfermedades profesionales y control del cumplimiento de higiene y seguridad por las aseguradoras",
  "materia": "seguridad",
  "categorias": [
    "Accidentes y enfermedades profesionales",
    "Riesgos del trabajo",
    "Obligaciones del empleador"
  ],
  "categorias_claves": [
    "accidentes-y-enfermedades",
    "riesgos-del-trabajo",
    "obligaciones-del-empleador"
  ],
  "palabras_clave": [
    "denuncia de accidentes",
    "declaración jurada",
    "formulario de denuncia",
    "accidentes graves",
    "investigación de accidentes",
    "control de cumplimiento",
    "accidentes in itinere"
  ],
  "vigente": true,
  "derogada_por": null,
  "cita_de_derogacion": null,
  "resumen": "La Resolución SRT 23/1997 ordena las obligaciones de las aseguradoras y de los empleadores asegurados y autoasegurados para controlar el cumplimiento de la normativa de higiene y seguridad. Obliga a los empleadores a denunciar los accidentes y enfermedades profesionales y a dar a la aseguradora la información que pida para determinarlos. Fija además cómo las aseguradoras investigan e informan a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.",
  "alcanza_a": "A los empleadores asegurados y autoasegurados, y a las aseguradoras de riesgos del trabajo.",
  "actividades": [
    "general"
  ],
  "condiciones": [],
  "obligaciones": [
    {
      "texto": "Los empleadores y los empleadores autoasegurados denuncian todos los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales a su aseguradora y a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo respectivamente, y conservan por tres años copia del formulario con constancia de recepción.",
      "articulo": "2",
      "cita": "Los empleadores y empleadores autoasegurados tienen la obligación de efectuar la denuncia de todos los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales a su Aseguradora y en la Superintendencia de Riesgos del Trabajo respectivamente, según lo establecido en la Resolución S.R.T. N° 204/96 ó la que en el futuro lo reemplace o modifique. La información remitida tendrá el carácter de declaración jurada y los empleadores asegurados y autoasegurados deberán conservar copia del formulario, con constancia de recepción por parte de la Aseguradora de Riesgos de Trabajo o la Superintendencia de Riesgos del Trabajo respectivamente, por un período de tres (3) años.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "aviso",
        "evidencia": "copia del formulario"
      }
    },
    {
      "texto": "Los empleadores proveen a la aseguradora toda la información que requiera para determinar un accidente de trabajo o una enfermedad profesional.",
      "articulo": "4",
      "cita": "A los efectos de llevar a cabo lo establecido en el Artículo anterior y de acuerdo a lo normado en el Artículo 28°, inciso g) del Decreto P.E.N. N° 170/96 los empleadores deberán proveer obligatoriamente a la Aseguradora toda la información que requiera a los fines de determinación de un Accidente de Trabajo o de una Enfermedad Profesional.",
      "condiciones": [],
      "requisito": {
        "tipo": "aviso"
      }
    }
  ],
  "relacionadas": [],
  "texto_oficial": "https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/40000-44999/42598/norma.htm",
  "calendario": null,
  "fuente": "infoleg",
  "publicada_el": "2026-10-05",
  "modificada_el": "2026-10-05",
  "ultimo_cambio": "alta",
  "revisada_el": "2026-10-05"
}