# Resolución SRT 3068/2014

Reglamento para trabajos con tensión en instalaciones eléctricas de hasta 1 kV.

- Estado: Vigente, sin derogación registrada, al 8 de octubre de 2026
- Jurisdicción: Nación
- Organismo: Superintendencia de Riesgos del Trabajo
- Materia: seguridad
- Actividad: Energía eléctrica
- Condiciones que activan la norma: ninguna
- Categorías: Riesgo eléctrico, Capacitación, Obligaciones del empleador
- También se cita como: Resolución SRT 3068/2014, Res. SRT 3068/14
- Palabras clave: trabajos con tensión, instalaciones eléctricas, un kilovoltio, comisiones de higiene y seguridad, planes de capacitación, habilitación de trabajadores, asociación electrotécnica argentina, actividad eléctrica
- Texto oficial: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/235000-239999/238547/norma.htm
- Revisada: 2026-10-08
- Dirección: https://matrizlegal.org/nacion/resolucion-srt-3068-2014

La Resolución SRT 3068/2014 adopta el reglamento de la Asociación Electrotécnica Argentina para ejecutar trabajos con tensión en instalaciones eléctricas de hasta 1 kV. Obliga a los empleadores que hacen estos trabajos a poner sus planes de capacitación a disposición de las comisiones de higiene y seguridad. Complementa y sustituye, en lo que se oponga, los reglamentos vigentes sobre estos trabajos. Está vigente al 8 de octubre de 2026.

## ¿A quién alcanza la Resolución SRT 3068/14?

A los empleadores que desarrollan trabajos con tensión en instalaciones eléctricas de hasta 1 kV.

## ¿Sigue vigente la Resolución SRT 3068/14?

Sí. Al 8 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

## ¿A qué obliga la Resolución SRT 3068/14?

1. El empleador que hace trabajos con tensión debe poner a disposición de las comisiones de higiene y seguridad los planes de capacitación con que habilita a los trabajadores que hacen esas tareas.

   - Qué tener: Planes de Capacitación en materia de trabajos con tensión (documento)
   - Quién: El empleador que hace trabajos con tensión

   > Establécese la obligatoriedad para los empleadores que desarrollen trabajos con tensión, de poner a disposición de las comisiones de higiene y seguridad, constituidas en los casos y con las modalidades que determine el Convenio Colectivo de Trabajo respectivo, los Planes de Capacitación en materia de trabajos con tensión que se desarrollen para la habilitación de los trabajadores que realicen dichas tareas.
   >
   > Artículo 2

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Fuentes: InfoLeg y SAIJ, Ministerio de Justicia de la Nación, bajo licencia Creative Commons Atribución 4.0.
