Resolución SRT 3194/2014.

Bases únicas de establecimientos, visitas, denuncias y avisos de obra, y Aviso de Obra en la construcción.

Construcción Contratistas Obligaciones del empleador

¿A quién alcanza la Resolución SRT 3194/14?

A los comitentes, contratistas principales y subcontratistas que inician o trabajan en una obra, y a quienes la inician sin estar obligados a contratar una ART.

¿A qué obliga la Resolución SRT 3194/14?

6 para hacer 3 para cumplir

Lo que hay que hacer.

  • Aviso a la autoridad

    El comitente de la construcción que no está obligado a contratar una ART tiene que dar de alta el establecimiento de obra por la Ventanilla Electrónica y pasar el número de establecimiento a los contratistas y subcontratistas siguientes.

    Le aplica si su empresa contrata contratistas o subcontratistas.

    Qué mostrar
    Alta de Establecimiento de Obra
    Quién
    El comitente

    Artículo 7

  • Aviso a la autoridad

    Quien inicia una obra nueva tiene que dar de alta el establecimiento y obtener el Número de Establecimiento de Obra.

    Qué mostrar
    Alta de Establecimiento
    Quién
    Quien inicia una obra nueva

    Anexo IV, artículo 3.b

  • Aviso a la autoridad

    Toda empresa que trabaje en una obra tiene que presentar el Aviso de Obra con el número de establecimiento de obra y el CUIT del contratista.

    Qué mostrar
    Aviso de Obra
    Quién
    La empresa que trabaja en la obra

    Anexo IV, artículo 3.c

  • Aviso a la autoridad

    La empresa que presenta el Aviso de Obra tiene que informar en él la normativa que se aplica al Programa de Seguridad.

    Qué mostrar
    Aviso de Obra
    Quién
    La empresa que presenta el Aviso de Obra

    Anexo IV, artículo 3.d

  • Aviso a la autoridad

    El comitente o contratista principal que inicia una obra en un lugar de trabajo nuevo tiene que presentar el Aviso de Obra ante su ART.

    Qué mostrar
    Aviso de Obra
    Quién
    El comitente o contratista principal

    Anexo IV, artículo 5.2

  • Aviso a la autoridad

    Todo subcontratista tiene que presentar el Aviso de Obra ante su ART, con el número de establecimiento de obra y el CUIT del contratista inmediato anterior.

    Qué mostrar
    Aviso de Obra
    Quién
    El subcontratista

    Anexo IV, artículo 5.5

Lo que hay que cumplir.

  • Quien inicia una obra nueva tiene que contar con su Número de Establecimiento de Obra.

    Qué mostrar
    Número de Establecimiento de Obra (N.E.O.)
    Quién
    Quien inicia una obra nueva

    Anexo IV, artículo 5.1

  • El comitente o contratista principal tiene que dar el número de establecimiento de obra a los subcontratistas y anotarlo en el Cartel de Obra.

    Le aplica si su empresa contrata contratistas o subcontratistas.

    Qué mostrar
    N.E.O.
    Quién
    El comitente o contratista principal

    Anexo IV, artículo 5.4

  • Si cambia el contratista principal, el comitente o contratista principal tiene que mantener el mismo número de establecimiento de obra.

    Qué mostrar
    N.E.O.
    Quién
    El comitente o contratista principal

    Anexo IV, artículo 5.6

La Resolución SRT 3194/2014 crea, en el ámbito de la S.R.T., las bases únicas de establecimientos, visitas, denuncias y avisos de obra, que las ART alimentan con la información que le remiten. Fija cómo se identifica cada obra con un Número de Establecimiento de Obra. Alcanza a comitentes, contratistas y subcontratistas de la construcción, además de las ART. Está vigente al 8 de octubre de 2026.

Palabras clave aviso de obra · comitente · contratista principal · subcontratista · cartel de obra · establecimiento de obra · ventanilla electrónica · grupo construcción · programa de seguridad

¿Sigue vigente la Resolución SRT 3194/14?

Sí. Al 8 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

¿Cómo se controla que un contratista cumpla?

Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans