Resolución SRT 81/2019.

Sistema de Vigilancia y Control de Sustancias y Agentes Cancerígenos.

Sustancias peligrosas Riesgos del trabajo Medicina del trabajo Obligaciones del empleador

¿A quién alcanza la Resolución SRT 81/19?

A los empleadores y empleadores autoasegurados que producen, importan, usan, obtienen, venden o ceden sustancias o agentes cancerígenos.

¿A qué obliga la Resolución SRT 81/19?

4 para tener 2 para hacer 2 para cumplir

Lo que hay que tener.

  • Habilitación

    Los empleadores que produzcan, importen, usen, obtengan en procesos intermedios, vendan o cedan gratis las sustancias o agentes cancerígenos del Anexo I, y los que por sus procesos productivos, actividades económicas o circunstancias medioambientales estén alcanzados por el Anexo II, tienen que inscribirse en el Sistema de Vigilancia y Control de Sustancias y Agentes Cancerígenos.

    Le aplica si su empresa usa o almacena sustancias químicas.

    Artículo 5

  • Habilitación

    El empleador debe hacer su inscripción en el sistema por medio de la ART con la que tiene contrato vigente, siguiendo el procedimiento del Anexo II.

    Le aplica si su empresa usa o almacena sustancias químicas.

    Artículo 6

  • Habilitación

    El empleador autoasegurado alcanzado por el artículo 5 debe hacer por sí mismo su inscripción ante la SRT, con el mismo procedimiento que las ART.

    Le aplica si su empresa usa o almacena sustancias químicas.

    Artículo 8

  • Registro

    Historias Clínicas

    El empleador debe guardar las historias clínicas de los trabajadores expuestos a esas sustancias y agentes durante 40 años después de que dejen de trabajar.

    Le aplica si su empresa usa o almacena sustancias químicas.

    Cuándo
    CUARENTA (40) años luego del cese de la actividad laboral

    Artículo 11

Lo que hay que hacer.

  • Aviso a la autoridad

    El empleador y el empleador autoasegurado alcanzados por el artículo 5 deben informar a su ART, o a la SRT en el caso del autoasegurado, qué sustancias del Anexo I hay en sus establecimientos.

    Le aplica si su empresa usa o almacena sustancias químicas.

    Anexo II, artículo 1

  • Aviso a la autoridad

    El empleador debe presentar esa información como declaración jurada, todos los años, con los datos del año calendario anterior.

    Le aplica si su empresa usa o almacena sustancias químicas.

    Qué mostrar
    Declaración jurada

    Anexo II, artículo 2

Lo que hay que cumplir.

  • El empleador autoasegurado debe crear y mantener un sistema electrónico para que se carguen los datos del sistema de vigilancia, y cuidar la seguridad de esos datos y la identificación de quienes los informan.

    Le aplica si su empresa usa o almacena sustancias químicas.

    Artículo 7

  • En el trabajo a la intemperie hay que tomar medidas contra la radiación ultravioleta del sol, como filtro solar, lentes con protección UV, gorro o casco con cubre-nuca, ropa de manga larga y menos tiempo al sol.

    Anexo II, artículo 5

La Resolución SRT 81/2019 crea el Sistema de Vigilancia y Control de Sustancias y Agentes Cancerígenos. Obliga a los empleadores que producen, importan o usan esas sustancias a inscribirse a través de su ART y a informar cada año su presencia. También fija cuánto tiempo deben guardarse las historias clínicas de los trabajadores expuestos. Está vigente al 7 de octubre de 2026.

Palabras clave cancerígenos · inscripción · historias clínicas · declaración jurada · radiación ultravioleta · empleador autoasegurado · aseguradora de riesgos del trabajo · listado de agentes

¿Sigue vigente la Resolución SRT 81/19?

Sí. Al 7 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

¿Cómo se controla que un contratista cumpla?

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