# Resolución SRT 861/2015

Protocolo para la medición de contaminantes químicos en el aire de un ambiente de trabajo.

- Estado: Vigente, sin derogación registrada, al 7 de octubre de 2026
- Jurisdicción: Nación
- Organismo: Superintendencia de Riesgos del Trabajo
- Materia: seguridad
- Actividad: Toda actividad
- Condiciones que activan la norma: ninguna
- Categorías: Riesgos del trabajo, Contaminantes en el ambiente laboral
- También se cita como: Resolución SRT 861/15, Res. SRT 861/2015
- Palabras clave: protocolo de medición, contaminantes químicos, calibración, muestreo, concentración máxima permisible, higiene industrial, ambiente de trabajo
- Texto oficial: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/245000-249999/246217/norma.htm
- Revisada: 2026-10-07
- Dirección: https://matrizlegal.org/nacion/resolucion-srt-861-2015

La Resolución SRT 861/2015 aprueba el Protocolo para Medición de Contaminantes Químicos en el Aire de un Ambiente de Trabajo y lo hace de uso obligatorio. Alcanza a quienes deben medir contaminantes químicos según la Ley 19.587. Fija que los valores medidos valen 12 meses y su anexo es un instructivo para completar el protocolo. Está vigente al 7 de octubre de 2026.

## ¿A quién alcanza la Resolución SRT 861/15?

A todos los que deban medir el nivel de contaminantes químicos en el aire de un ambiente de trabajo conforme a la Ley 19.587 y sus normas reglamentarias.

## ¿Sigue vigente la Resolución SRT 861/15?

Sí. Al 7 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

## ¿A qué obliga la Resolución SRT 861/15?

1. Quien deba medir contaminantes químicos en el aire de un ambiente de trabajo tiene que usar el protocolo aprobado por la resolución.

   - Qué hacer: Hacer la medición

   > Apruébase el Protocolo para Medición de Contaminantes Químicos en el Aire de un Ambiente de Trabajo, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución, y que será de uso obligatorio para todos aquellos que deban medir el nivel de contaminantes químicos conforme las previsiones de la Ley N° 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo y normas reglamentarias.
   >
   > Artículo 1

2. Quien deba medir contaminantes químicos en el aire de un ambiente de trabajo tiene que volcar los datos en el protocolo, y esos valores valen 12 meses.

   - Qué hacer: Hacer la medición
   - Cuánto dura: Validez de 12 meses

   > Establécese que los valores de la medición de contaminantes químicos en el aire de un ambiente de trabajo, cuyos datos se plasmarán en el protocolo aprobado en el artículo anterior, tendrán una validez de DOCE (12) meses.
   >
   > Artículo 2

3. Quien deba medir contaminantes químicos en el aire de un ambiente de trabajo tiene que adjuntar al protocolo una copia del certificado de calibración del instrumental, expedido por el laboratorio.

   - Qué tener: Certificado de calibración del instrumental utilizado (documento)

   > Adjuntar el certificado de calibración del instrumental utilizado, expedido por el laboratorio (copia).
   >
   > Anexo, artículo 11

4. Quien deba medir contaminantes químicos en el aire de un ambiente de trabajo tiene que adjuntar al protocolo un plano o croquis del establecimiento con el número de muestra de cada sector medido.

   - Qué tener: Plano o croquis del establecimiento (documento)

   > Adjuntar plano o croquis del establecimiento, indicando el número de muestra en cada sección/sector en el que se realizaron las mediciones.
   >
   > Anexo, artículo 12

## ¿Con qué otras normas se relaciona?

- [Ley 19.587](https://matrizlegal.org/nacion/ley-19587.md): Higiene y seguridad en el trabajo. Esta norma la complementa. Vigente.

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Fuentes: InfoLeg y SAIJ, Ministerio de Justicia de la Nación, bajo licencia Creative Commons Atribución 4.0.
