Requisitos.
Lo que una empresa tiene que tener en mano, según las normas vigentes de esta base, con la norma y el artículo que lo piden.
Requisitos 301 a 320 de 786
| Requisito | Tipo | Cómo se cumple | Entregable | Por qué | Quién | Cuándo |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Detalle de la Mercadería | Documento | Detallar la mercadería que se pretende exportar | Detalle de la mercadería de exportación, con producto, uso, cantidad e importador extranjero | Resolución MAyDS 110/2021, Anexo II, Capítulo II, artículo 3 | A las personas humanas o jurídicas que quieran importar o exportar los productos químicos del listado del Anexo I. | |
| Detalle de la Mercadería | Documento | Detallar la mercadería que se pretende importar | Detalle de la mercadería de importación, con producto, uso, cantidad y exportador extranjero | Resolución MAyDS 110/2021, Anexo II, Capítulo III, artículo 3 | A las personas humanas o jurídicas que quieran importar o exportar los productos químicos del listado del Anexo I. | |
| Documentación aduanera que certifique la operatoria | Documento | Contar con la documentación aduanera que certifique la operación y tenerla a disposición del Registro | Documentación aduanera que certifica la operatoria, a disposición del Registro Nacional de Precursores Químicos | Decreto 593/2019, Anexo I, artículo 21 | A las personas humanas o jurídicas que operan con precursores químicos, incluidos importadores, exportadores, transportistas, servicios de correo y quienes tratan o eliminan esas sustancias. | |
| Documentación para el cliente | Documento | Preparar y entregar al conductor la documentación de la revisión e informarle el resultado | Documentación para el cliente entregada al conductor, con el resultado informado | Resolución Ministerio de Transporte 96/2020, Anexo I, artículo 2.g | A los talleres de revisión técnica obligatoria de jurisdicción nacional, a su personal y a los clientes que llevan vehículos de transporte de pasajeros y cargas. | |
| Documentación pertinente | Documento | Los responsables de obras que ya se estaban ejecutando cuando se sancionó la ley deben adaptarse a ella en 30 días corridos como máximo y enviar en ese lapso la documentación al organismo que aprueba las obras. | Ley 4.731, artículo 9. Corrientes | A las personas públicas o privadas que hacen obras o actividades que degraden o puedan degradar el ambiente en la Provincia de Corrientes, y a los responsables de obras ya en ejecución al sancionarse la ley. | Plazo no mayor de 30 (treinta) días corridos | |
| Documentación probatoria | Medición | Someter los elementos de la microplanta a verificaciones o pruebas periódicas y guardar la documentación en el legajo | Documentación probatoria de las verificaciones o pruebas conservada en el legajo de la instalación | Resolución SE 103/2026, Anexo III, artículo 2.9.1 | A quienes tienen, operan o instalan depósitos de GLP envasado, y a las firmas fraccionadoras, instaladores y usuarios de instalaciones de GLP a granel y microplantas de llenado. | |
| Documentación que acredite el cumplimiento de las Resoluciones ENARGAS | Documento | Exhibir la documentación del cumplimiento de las Resoluciones ENARGAS para acceder a la VTO | Documentación que acredita el cumplimiento de las Resoluciones ENARGAS N° 139/95, N° 2.603/02 y sus modificatorias o ampliatorias. | Ley 2.265, artículo 22. Ciudad de Buenos Aires | El usuario del vehículo a GNC | |
| Documentación técnica | Documento | Presentar la documentación técnica según las Resoluciones 121/99 y 123/99 del INA | Documentación técnica presentada según las Resoluciones 121/99 y 123/99 del INA | Resolución SAyDS 777/2005, Anexo I, artículo 1 | El establecimiento | |
| Documentación técnica | Documento | Presentar la documentación técnica completa y firmada por el profesional responsable | Documentación técnica completa, con la firma del profesional responsable matriculado y certificado por su colegio | Resolución SE 1296/2008, artículo 151 | Profesional responsable de la planta | |
| Documentación, que se encontrare vencida o fuera susceptible de vencimiento | Documento | Acompañar al trámite la documentación vencida o por vencer, y tener vigente el certificado al iniciarlo | Documentación vencida o por vencer, actualizada, acompañada al trámite de renovación | Resolución MAyDS 232/2018, artículo 5 | Quien tramita la renovación | |
| Documental actualizada de Análisis de Riesgos por puesto de trabajo con medidas preventivas | Documento | Tener disponible el análisis de riesgos por puesto de trabajo con sus medidas preventivas | Documental actualizada de Análisis de Riesgos por puesto de trabajo con medidas preventivas. Actualizada a la firma del P.R.S. PyMES o con menos de 180 días desde la notificación. | Resolución SRT 20/2018, Anexo IV, artículo 5 | A los empleadores PyME con siniestralidad elevada que la SRT incluye en el programa, y también a las ART que los tienen afiliados. | |
| Documento de embarque | Documento | Presentar el documento de embarque de la importación | Documento de embarque presentado | Resolución MAyDS 110/2021, Anexo II, Capítulo III, artículo 4 | A las personas humanas o jurídicas que quieran importar o exportar los productos químicos del listado del Anexo I. | |
| Documento de embarque | Documento | Presentar el documento de embarque en cada embarque parcial | Documento de embarque presentado en cada embarque parcial | Resolución MAyDS 141/2020, Anexo II, e | El administrado | |
| Documento de síntesis | Documento | Incluir en el documento de síntesis las conclusiones y la propuesta de medidas correctoras y de vigilancia | Documento de síntesis con las conclusiones sobre viabilidad y alternativas y la propuesta de medidas y vigilancia | Ley 5.067, artículo 13. Corrientes | A los titulares de proyectos públicos o privados de obras, instalaciones o actividades del anexo. | |
| Documento de Síntesis | Documento | Acompañar la Manifestación General de Impacto Ambiental con un documento de síntesis | Documento de Síntesis de la Manifestación General de Impacto Ambiental. Incluye las conclusiones sobre la viabilidad, las medidas correctoras y el programa de vigilancia. | Ley 6.571, Decreto 2067, artículo 5. San Juan | A las personas, empresas y organismos que proponen o ejecutan obras o actividades que puedan modificar el ambiente de San Juan. | |
| Documento donde conste el producto de la caza | Documento | Dar al cazador un documento que indique lo cazado, para el transporte y el comercio entre provincias | Documento con el producto de la caza, intervenido por la autoridad competente | Ley 22.421, artículo 9 | A todos los habitantes, a los propietarios y tenedores de campos, a los cazadores, a quienes comercian fauna silvestre o sus productos y a quienes proyectan obras que puedan transformar el ambiente de la fauna. | |
| Documento técnico | Documento | Hacer un documento técnico de las inspecciones de las válvulas de alivio internas para el legajo | Documento técnico en el legajo, según el modelo de planilla del Adjunto 1, visado por los responsables técnicos | Resolución SE 103/2026, Anexo III, artículo 3.2.5.1 | La Firma Fraccionadora | |
| Ensayos a efectuar | Medición | Hacer los ensayos de resistencia, compatibilidad con hidrocarburos, envejecimiento, estanquidad, radiación y estabilidad | Ensayos de los tanques realizados, con sus resultados | Resolución SE 655/2003, artículo 4 | Quien instala tanques de gas oil para consumo propio | |
| Esquema de Sustitución | Documento | Acordar y presentar ante la Subsecretaría de Hidrocarburos un Esquema de Sustitución de los lotes de válvulas | Esquema de Sustitución de los lotes de válvulas del Anexo I presentado ante la Subsecretaría de Hidrocarburos | Resolución SE 72/2026, artículo 3 | A los fraccionadores en envases de hasta 45 kg de capacidad (FRE) inscriptos en el Registro Nacional de la Industria del Gas Licuado de Petróleo. | Dentro del plazo de ciento ochenta días corridos desde la entrada en vigencia |
| Estados contables auditados y certificados | Documento | Presentar copia de los estados contables auditados y certificados | Copia de los estados contables auditados y certificados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas presentada | Resolución SE 800/2004, Anexo I, artículo 3.1 e | A las personas y empresas que operan en el mercado del gas licuado de petróleo: productores, fraccionadores, transportistas, comercializadores, distribuidores, consumidores independientes, fabricantes, importadores, talleres y centros de canje. |
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