Requisitos.
Lo que una empresa tiene que tener en mano, según las normas vigentes de esta base, con la norma y el artículo que lo piden.
Requisitos 341 a 360 de 811
| Requisito | Tipo | Cómo se cumple | Entregable | Por qué | Quién | Cuándo |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Estudio de riesgo | Medición | Incluir en el proyecto de carga a distancia un estudio de riesgo con sus medidas de seguridad | Estudio de riesgo con medidas de seguridad, rubricado por el responsable de Higiene, Seguridad y Medio Ambiente | Resolución SE 103/2026, Anexo III, artículo 1.5.5.7 | A quienes tienen, operan o instalan depósitos de GLP envasado, y a las firmas fraccionadoras, instaladores y usuarios de instalaciones de GLP a granel y microplantas de llenado. | |
| Estudio de riesgo y/o impacto ambiental | Medición | Anexar un estudio de riesgo y/o impacto ambiental cuando la Autoridad de Aplicación zonal lo disponga | Estudio de riesgo y/o impacto ambiental anexado | Resolución SE 103/2026, Anexo III, artículo 2.4.3 | A quienes tienen, operan o instalan depósitos de GLP envasado, y a las firmas fraccionadoras, instaladores y usuarios de instalaciones de GLP a granel y microplantas de llenado. | |
| Estudio del Impacto Ambiental (EIA) | Medición | Incluir en el Estudio de Impacto Ambiental el contenido mínimo exigido, con un documento de síntesis | Estudio del Impacto Ambiental con el contenido mínimo y un documento de síntesis | Ley 26.331, artículo 24 | A quienes piden autorización para hacer desmontes o manejo sostenible de bosques nativos, a los titulares de la actividad y a los profesionales que firman los planes. | |
| Estudio del impacto ambiental previo | Medición | Realizar el estudio de impacto ambiental antes de empezar el proyecto | Estudio del impacto ambiental previo. | Ley 55, artículo 86. Tierra del Fuego | A las personas físicas y jurídicas que realizan obras o actividades que degradan o pueden degradar el ambiente, y a quienes generan efluentes o desechos en Tierra del Fuego. | |
| Estudio e informe de evaluación del impacto ambiental | Medición | Los responsables de proyectos, obras o acciones que degraden o puedan degradar el ambiente deben presentar un estudio e informe de evaluación del impacto ambiental, según la reglamentación. | Ley 55, artículo 82. Tierra del Fuego | A las personas físicas y jurídicas que realizan obras o actividades que degradan o pueden degradar el ambiente, y a quienes generan efluentes o desechos en Tierra del Fuego. | ||
| Estudio e informe evaluativo del impacto ambiental | Medición | Presentar el estudio de impacto ambiental y obtener la aprobación del plan de obras antes de ejecutarlo | Estudio e informe evaluativo del impacto ambiental. El plan de obras cuenta con la aprobación del Ministerio del ramo, antes de su ejecución. | Ley 4.731, artículo 3. Corrientes | A las personas públicas o privadas que hacen obras o actividades que degraden o puedan degradar el ambiente en la Provincia de Corrientes, y a los responsables de obras ya en ejecución al sancionarse la ley. | |
| Estudio hidrogeológico detallado | Medición | Contar con un estudio hidrogeológico detallado del recurso hídrico antes de iniciar tareas | Estudio hidrogeológico detallado de búsqueda, identificación y captación del recurso hídrico | Ley 102, artículo 11. Chubut | A los titulares de permisos de exploración y de concesiones de explotación o transporte de hidrocarburos, a los operadores de yacimientos y a sus contratistas. | Antes de cualquier tarea prospectiva, exploratoria o de explotación |
| Estudio técnico | Medición | Incluir en el proyecto un estudio técnico con las medidas de mitigación | Estudio técnico con las medidas de mitigación. Lo rubrican el responsable de Higiene, Seguridad y Medio Ambiente, los profesionales con incumbencias y el responsable técnico del depósito. | Resolución SE 103/2026, Anexo I, artículo 2.3.1 | A quienes tienen, operan o instalan depósitos de GLP envasado, y a las firmas fraccionadoras, instaladores y usuarios de instalaciones de GLP a granel y microplantas de llenado. | |
| Estudio Técnico de Impacto Ambiental | Documento | Presentar el Estudio Técnico de Impacto Ambiental junto con el Manifiesto de Impacto Ambiental | Estudio Técnico de Impacto Ambiental firmado por profesional inscripto, presentado con el Manifiesto | Ley 123, artículo 15. Ciudad de Buenos Aires | A las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, responsables de actividades, proyectos, programas o emprendimientos con impacto ambiental en la Ciudad de Buenos Aires. | |
| Estudio Técnico de Impacto Ambiental | Documento | Incluir en el Estudio Técnico de Impacto Ambiental los datos mínimos que fija la ley | Estudio Técnico de Impacto Ambiental con los datos mínimos exigidos por la ley | Ley 123, artículo 17. Ciudad de Buenos Aires | A las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, responsables de actividades, proyectos, programas o emprendimientos con impacto ambiental en la Ciudad de Buenos Aires. | |
| Estudio Técnico de Impacto Ambiental | Documento | Presentar el Estudio Técnico de Impacto Ambiental con un Plan de Adecuación Ambiental | Estudio Técnico de Impacto Ambiental presentado con Plan de Adecuación Ambiental | Ley 123, artículo 36. Ciudad de Buenos Aires | A las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, responsables de actividades, proyectos, programas o emprendimientos con impacto ambiental en la Ciudad de Buenos Aires. | |
| Estudio Técnico de Impacto Ambiental | Documento | Presentar un Estudio Técnico de Impacto Ambiental firmado por profesionales habilitados | Estudio Técnico de Impacto Ambiental, suscrito por profesionales idóneos y debidamente habilitados. | Ley 2.658, artículo 10. Santa Cruz | A las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que realizan o proyectan actividades, proyectos, programas o emprendimientos capaces de modificar el ambiente en Santa Cruz. | |
| Estudio Técnico de Impacto Ambiental | Documento | Firmar el Estudio Técnico de Impacto Ambiental hecho con una empresa consultora | Estudio Técnico de Impacto Ambiental firmado por el responsable técnico de la consultora, que asume la responsabilidad por la veracidad de lo expuesto. | Ley 2.658, artículo 10. Santa Cruz | A las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que realizan o proyectan actividades, proyectos, programas o emprendimientos capaces de modificar el ambiente en Santa Cruz. | |
| Estudio Técnico de Impacto Ambiental | Documento | Quienes realicen proyectos o actividades comprendidos en la ley tienen que presentar un Estudio Técnico de Impacto Ambiental que incluya, como mínimo, los datos del proyecto y su responsable, la descripción en todas sus etapas, el estado previo del medio, los impactos, residuos y emisiones, las medidas de prevención y mitigación con los planes de monitoreo, contingencias y abandono, un cronograma, y un resumen con conclusiones y documentación de respaldo. | Ley 2.658, artículo 11. Santa Cruz | A las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que realizan o proyectan actividades, proyectos, programas o emprendimientos capaces de modificar el ambiente en Santa Cruz. | ||
| Estudios de Impacto Ambiental | Medición | Incluir en el Estudio de Impacto Ambiental los aspectos mínimos que exige la ley | Estudio de Impacto Ambiental con los aspectos mínimos del proyecto incluidos | Ley 11.250, artículo 10. Entre Ríos | A las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que realizan o proyectan en Entre Ríos obras o actividades que pueden degradar el ambiente. | |
| Estudios de Impacto Ambiental | Medición | Analizar en el Estudio de Impacto Ambiental la ubicación del plan de cambio de uso del suelo en la cuenca | Estudio de Impacto Ambiental con el análisis de la relación espacial del plan en la cuenca hidrográfica local | Decreto 91/2009, Anexo, artículo 24 | A los titulares de proyectos de manejo sostenible o de desmonte en bosques nativos y a los responsables de la degradación de un bosque; el resto de las normas obliga a autoridades nacionales y locales. | |
| Estudios de impacto ambiental | Documento | Incluir en el estudio de impacto ambiental el proyecto, sus consecuencias y las acciones para mitigarlas | Estudio de impacto ambiental con descripción del proyecto, consecuencias y acciones de mitigación | Ley 25.675, artículo 13 | A las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, que hacen obras o actividades que pueden afectar el ambiente, y a quienes causan daño ambiental. | |
| EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL | Medición | Presentar una evaluación de impacto ambiental junto con el proyecto | Evaluación de impacto ambiental presentada junto con el proyecto | Ley 11.723, artículo 11. Buenos Aires | A las personas físicas o jurídicas titulares de proyectos con posible efecto negativo sobre el ambiente, a quienes quieran generar energía y a quienes quieran traer especies exóticas con fines comerciales o fauna exótica para cría. | |
| Evaluación de Impacto Ambiental | Habilitación | Obtener la aprobación de la Evaluación de Impacto Ambiental para habilitar el centro de disposición final | Evaluación de Impacto Ambiental aprobada, con Plan de Monitoreo de las principales variables ambientales | Ley 25.916, artículo 18 | A los generadores de residuos domiciliarios, a quienes los transportan, tratan o disponen, y a los directivos de las personas jurídicas infractoras. | |
| Evaluación de impacto ambiental | Medición | Hacer la evaluación de impacto ambiental de la actividad proyectada en glaciares o ambiente periglacial | Evaluación de impacto ambiental hecha antes de la autorización y de la ejecución | Ley 27.804, artículo 7 de la Ley 26.639, sustituido por el artículo 6 de la Ley 27.804 | Quien proyecte la actividad | En forma previa a su autorización y ejecución |
Ningún requisito coincide con esa búsqueda.