Requisitos.
Lo que una empresa tiene que tener en mano, según las normas vigentes de esta base, con la norma y el artículo que lo piden.
Requisitos 81 a 100 de 745
| Requisito | Tipo | Cómo se cumple | Entregable | Por qué | Quién | Cuándo |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Certificado de análisis | Documento | Presentar el certificado de análisis del país de origen antes de obtener la licencia | Certificado de análisis emitido por autoridad competente del país de origen presentado | Resolución SAyDS 953/2004, artículo 24 | A las personas físicas y jurídicas que importan, exportan o producen sustancias que agotan la capa de ozono. | |
| Certificado de Aptitud Ambiental | Habilitación | Contar con el Certificado de Aptitud Ambiental para obtener la habilitación industrial | Certificado de Aptitud Ambiental obtenido, requisito para la habilitación industrial municipal | Ley 11.459, artículo 3. Buenos Aires | A los establecimientos industriales de la Provincia de Buenos Aires, ya instalados o por instalarse, y a los parques y agrupamientos industriales. | |
| Certificado de aptitud Ambiental | Habilitación | Obtener el Certificado de Aptitud Ambiental antes de toda habilitación y presentar una Evaluación Ambiental | Certificado de aptitud Ambiental expedido por la Autoridad de Aplicación, con la Evaluación Ambiental presentada | Ley 11.459, artículo 4. Buenos Aires | A los establecimientos industriales de la Provincia de Buenos Aires, ya instalados o por instalarse, y a los parques y agrupamientos industriales. | |
| Certificado de Aptitud Ambiental | Habilitación | Pedir el Certificado de Aptitud Ambiental antes de la habilitación industrial correspondiente | Certificado de Aptitud Ambiental. | Ley 11.459, artículo 10. Buenos Aires | A los establecimientos industriales de la Provincia de Buenos Aires, ya instalados o por instalarse, y a los parques y agrupamientos industriales. | |
| Certificado de Aptitud Ambiental | Habilitación | Mantener vigente el Certificado de Aptitud Ambiental | Certificado de Aptitud Ambiental con vigencia de cuatro años | Ley 11.459, artículo 11. Buenos Aires | A los establecimientos industriales de la Provincia de Buenos Aires, ya instalados o por instalarse, y a los parques y agrupamientos industriales. | Vigencia de cuatro años |
| Certificado de Aptitud Ambiental | Habilitación | Cumplir con los permisos municipales y de otros organismos e iniciar el trámite del Certificado de Aptitud Ambiental | Permisos cumplidos y trámite del Certificado de Aptitud Ambiental iniciado | Ley 11.459, artículo 11. Buenos Aires | A los establecimientos industriales de la Provincia de Buenos Aires, ya instalados o por instalarse, y a los parques y agrupamientos industriales. | Plazo máximo de doce meses, a partir de la publicación de la presente |
| Certificado de Aptitud Ambiental | Habilitación | Contar con el Certificado de Aptitud Ambiental | Certificado de Aptitud Ambiental con vigencia de cuatro años | Ley 15.107, artículo 1. Buenos Aires | A los responsables de los establecimientos industriales de la Provincia de Buenos Aires. | Vigencia de cuatro años |
| Certificado de Aptitud Ambiental | Habilitación | Iniciar la gestión para obtener el Certificado de Aptitud Ambiental | Gestión del Certificado de Aptitud Ambiental iniciada | Ley 15.107, artículo 1. Buenos Aires | A los responsables de los establecimientos industriales de la Provincia de Buenos Aires. | Plazo máximo de doce meses desde la publicación de la ley |
| Certificado de Aptitud Ambiental | Documento | Renovar el Certificado de Aptitud Ambiental mediante declaración jurada | Certificado de Aptitud Ambiental renovado mediante declaración jurada | Ley 123, artículo 28. Ciudad de Buenos Aires | A las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, responsables de actividades, proyectos, programas o emprendimientos con impacto ambiental en la Ciudad de Buenos Aires. | |
| Certificado de Aptitud Ambiental | Habilitación | Inscribirse en el Registro para obtener el Certificado de Aptitud Ambiental y renovarlo al vencer | Certificado de Aptitud Ambiental con validez máxima de dos años | Ley 154, artículo 14. Ciudad de Buenos Aires | A los generadores, transportistas y operadores de residuos patogénicos en la Ciudad de Buenos Aires, y a los fabricantes e importadores de equipos de tratamiento. | Validez máxima de dos (2) años |
| Certificado de aptitud técnica y de seguridad | Documento | Mantener vigentes el certificado de aptitud técnica y de seguridad y el permiso local | Certificado de aptitud técnica y de seguridad y permiso local vigentes, en el legajo técnico | Resolución SE 103/2026, Anexo I, artículo 1.3.5 | A quienes tienen, operan o instalan depósitos de GLP envasado, y a las firmas fraccionadoras, instaladores y usuarios de instalaciones de GLP a granel y microplantas de llenado. | |
| Certificado de aptitud técnica y de seguridad | Habilitación | Pedir una nueva certificación con el legajo de antecedentes antes del vencimiento del certificado | Nueva solicitud de certificación presentada con el legajo de antecedentes | Resolución SE 103/2026, Anexo I, artículo 1.3.6 | La persona propietaria/operadora | Previo al vencimiento del período de validez |
| Certificado de aptitud técnica y de seguridad | Habilitación | Pedir una nueva certificación a un organismo certificante antes del vencimiento, con el legajo técnico actualizado | Solicitud de nueva certificación presentada con el legajo técnico actualizado | Resolución SE 103/2026, Anexo III, artículo 3.3.2 | La Firma Fraccionadora | Previo al vencimiento del período de validez |
| Certificado de Aptitud Técnica y de Seguridad | Documento | Los operadores de instalaciones de GLP a granel deben acreditar el cumplimiento de las normas con el Certificado de Aptitud Técnica y de Seguridad, emitido por un organismo certificante inscripto en la Secretaría de Energía. | Resolución SE 1097/2015, artículo 7 | A los distribuidores de GLP en envases, a los centros de canje de envases inscriptos y a los operadores de instalaciones de GLP a granel. | ||
| Certificado de calibración | Documento | Contar con certificado de calibración de los instrumentos, antenas y sondas de medición | Certificado de calibración vigente a la fecha de la medición | Resolución Comision Nacional de Comunicaciones 3690/2004, Anexo I, artículo 6.6.4 | A los titulares de autorizaciones o licencias de estaciones radioeléctricas, a los licenciatarios de radiodifusión y a los radioaficionados titulares de estaciones fijas. | Vigentes en ambos casos a la fecha de la medición |
| Certificado de calibración | Documento | Contar con el certificado de calibración actualizado de la antena y sumar su incertidumbre a las demás | Certificado de calibración de la antena actualizado, con su incertidumbre sumada al resto | Resolución Comision Nacional de Comunicaciones 3690/2004, Anexo I, artículo 6.8.3.2 nota 2 | A los titulares de autorizaciones o licencias de estaciones radioeléctricas, a los licenciatarios de radiodifusión y a los radioaficionados titulares de estaciones fijas. | |
| Certificado de calibración del equipo | Documento | Quien deba medir el nivel de ruido tiene que adjuntar al protocolo copia del certificado de calibración del equipo, expedido por un laboratorio. | Resolución SRT 85/2012, Anexo, artículo 15 | Un laboratorio | ||
| Certificado de calibración del equipo | Documento | Quien deba medir la puesta a tierra tiene que adjuntar al protocolo una copia del certificado de calibración del equipo, dado por el laboratorio. | Resolución SRT 900/2015, Anexo, artículo 14 | A quienes deban medir el valor de la puesta a tierra y verificar la continuidad de las masas conforme a la Ley 19.587 y sus normas reglamentarias. | ||
| Certificado de calibración del instrumental utilizado | Documento | Quien deba medir contaminantes químicos en el aire de un ambiente de trabajo tiene que adjuntar al protocolo una copia del certificado de calibración del instrumental, expedido por el laboratorio. | Resolución SRT 861/2015, Anexo, artículo 11 | A todos los que deban medir el nivel de contaminantes químicos en el aire de un ambiente de trabajo conforme a la Ley 19.587 y sus normas reglamentarias. | ||
| Certificado de calidad | Medición | La empresa somete el material y las herramientas para trabajos con tensión que ingresan a inspecciones y ensayos según las normas IEC, y cada uno o cada lote debe tener su certificado de calidad. | Resolución SRT 592/2004, Anexo I, artículo 3.5.1 | A las empresas propietarias o concesionarias de redes y a las empresas de construcción o mantenimiento eléctrico que hacen trabajos con tensión en instalaciones de más de 1 kV. |
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