Requisitos.
Lo que una empresa tiene que tener en mano, según las normas vigentes de esta base, con la norma y el artículo que lo piden.
Requisitos 121 a 140 de 745
| Requisito | Tipo | Cómo se cumple | Entregable | Por qué | Quién | Cuándo |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Certificado de Gestión de Residuos Peligrosos | Habilitación | Contar con el Certificado de Gestión de Residuos Peligrosos para desarrollar las actividades | Certificado de Gestión de Residuos Peligrosos. | Ley 2.214, artículo 17. Ciudad de Buenos Aires | A los generadores, transportistas y tratadores de residuos peligrosos, incluidos los generadores eventuales y quienes tratan residuos en el predio del generador. | |
| Certificado de Gestión de Residuos Peligrosos | Habilitación | Cumplir los requisitos exigidos para obtener el Certificado de Gestión de Residuos Peligrosos | Requisitos de plantas de tratamiento y de la autoridad cumplidos para el Certificado | Ley 2.214, artículo 49. Ciudad de Buenos Aires | A los generadores, transportistas y tratadores de residuos peligrosos, incluidos los generadores eventuales y quienes tratan residuos en el predio del generador. | |
| Certificado de habilitación | Habilitación | Quien genere, transporte o trate residuos peligrosos no puede trabajar sin antes obtener el certificado de habilitación de la autoridad de aplicación. | Ley 2.567, artículo 5. Santa Cruz | A quienes generan, transportan, tratan o disponen residuos peligrosos en Santa Cruz, y a los titulares de plantas de tratamiento y disposición final. | ||
| Certificado de habilitación de la Municipalidad | Documento | Presentar copia del certificado de habilitación municipal que acredite permiso para productos inflamables | Copia del certificado de habilitación municipal con constancia expresa del permiso sobre productos inflamables | Resolución INV 21/2023, Anexo II, artículo 1.4 | A los establecimientos que destilan, fabrican, manipulan, fraccionan o comercializan alcohol etílico, aguardiente natural o metanol. | |
| Certificado de habilitación especial | Habilitación | Obtener el certificado de habilitación especial antes de la habilitación de la actividad | Certificado de habilitación especial obtenido, previo a la habilitación | Ley 11.720, artículo 11. Buenos Aires | A los generadores de residuos especiales, a los transportistas y a los titulares de plantas de almacenamiento, tratamiento y disposición final de esos residuos. | |
| Certificado de habilitación o rehabilitación de la unidad completa | Documento | Presentar copia del certificado de habilitación o rehabilitación de la unidad completa | Copia del certificado de habilitación o rehabilitación de la unidad completa, emitido por Empresa Auditora registrada | Resolución SE 136/2003, Anexo I, artículo 4.2 b IV | A las personas y empresas que operan en cualquier etapa de la industria del gas licuado de petróleo, incluidos fabricantes, importadores y talleres de envases y recipientes. | |
| Certificado de inocuidad sanitaria y ambiental | Habilitación | Contar con el certificado de inocuidad sanitaria y ambiental antes de importar residuos del reciclado | Certificado de inocuidad sanitaria y ambiental emitido en el país de origen y ratificado por la autoridad de aplicación | Decreto 181/1992, artículo 2 | El importador | Previo al embarque |
| Certificado de Inocuidad Sanitario y Ambiental o Certificado de No Peligrosidad | Documento | Presentar el certificado de no peligrosidad de los residuos valorizados y acreditar la valorización en origen | Certificado de Inocuidad Sanitario y Ambiental o de No Peligrosidad, o comunicación formal del país de origen | Decreto 392/2023, artículo 8 | A los importadores de residuos no peligrosos valorizados, tanto para la importación como para el tránsito por el país hacia un tercer destino. | |
| Certificado de Inocuidad Sanitario y Ambiental o Certificado de No Peligrosidad | Documento | Hacer que los residuos valorizados lleguen con el certificado de no peligrosidad y la autorización de importación | Residuos acompañados del certificado de no peligrosidad y de la autorización de importación previa al embarque | Decreto 392/2023, artículo 11 | A los importadores de residuos no peligrosos valorizados, tanto para la importación como para el tránsito por el país hacia un tercer destino. | Previamente al embarque de la mercadería |
| Certificado de Inocuidad Sanitario y Ambiental, Certificado de No Peligrosidad o Declaración Jurada | Documento | Contar con un certificado de inocuidad o una declaración jurada y acreditar el cumplimiento de normas técnicas | Certificado de Inocuidad Sanitario y Ambiental, Certificado de No Peligrosidad o Declaración Jurada suscripta por el representante legal del importador. | Decreto 1/2025, artículo 5 | A los importadores y exportadores de residuos no peligrosos valorizados e insumos industriales valorizados. | |
| Certificado de Inscripción | Habilitación | Renovar el Certificado de Inscripción cada año e informar cualquier cambio | Certificado de Inscripción renovado, con vigencia de un año desde su emisión | Decreto 1095/1996, artículo 4 | La empresa | |
| Certificado de las instalaciones y/o vehículos tanque | Documento | Presentar copia fiel del certificado de las instalaciones o vehículos tanque | Copia fiel del certificado de instalaciones o vehículos tanque emitido por una Empresa Auditora de Seguridad registrada | Resolución SE 800/2004, Anexo I, artículo 3.1 c | Una Empresa Auditora de Seguridad registrada | |
| Certificado de Libre Deuda | Documento | Presentar un Certificado de Libre Deuda al solicitar la inscripción en el Registro | Certificado de Libre Deuda vigente, emitido por la Subsecretaría de Combustibles, presentado | Resolución SE 800/2004, artículo 5 | A las personas y empresas que operan en el mercado del gas licuado de petróleo: productores, fraccionadores, transportistas, comercializadores, distribuidores, consumidores independientes, fabricantes, importadores, talleres y centros de canje. | Validez de TREINTA (30) días |
| Certificado de Libre Deuda | Aviso a la autoridad | Informar a la Subsecretaría de Combustibles los cambios en los datos del legajo | Cambios del legajo informados a la Subsecretaría de Combustibles, con el Certificado de Libre Deuda cuando corresponde | Resolución SE 800/2004, artículo 6 | A las personas y empresas que operan en el mercado del gas licuado de petróleo: productores, fraccionadores, transportistas, comercializadores, distribuidores, consumidores independientes, fabricantes, importadores, talleres y centros de canje. | Dentro de los TREINTA (30) días de producidos |
| Certificado de tratamiento | Documento | Entregar al Registro Nacional la copia Nº 5 del manifiesto y a cada generador su certificado de tratamiento | Certificado de tratamiento de los residuos, entregado cada mes a cada generador. Copia Nº 5 del manifiesto con soporte magnético, entregada al Registro Nacional. | Resolución SAyDS 5/2003, artículo 2 | El Operador | |
| Certificado emitido por el organismo certificante | Documento | Mantener vigente el certificado de aptitud técnica y de seguridad del depósito | Certificado del organismo certificante con validez y vigencia de dos años | Resolución SE 103/2026, Anexo I, artículo 1.3.3 | A quienes tienen, operan o instalan depósitos de GLP envasado, y a las firmas fraccionadoras, instaladores y usuarios de instalaciones de GLP a granel y microplantas de llenado. | Validez de DOS (2) años |
| Certificado expedido por el laboratorio en el cual se realizó la calibración (copia) | Documento | Quien deba medir la iluminación tiene que adjuntar al protocolo una copia del certificado del laboratorio que calibró el instrumento. | Resolución SRT 84/2012, Anexo, artículo 15 | A quienes deban medir el nivel de iluminación conforme con la Ley 19.587 y sus normas reglamentarias. | ||
| Certificado expedido por las autoridades competentes | Documento | Presentar el certificado de las autoridades competentes antes de la habilitación municipal | Certificado expedido por las autoridades competentes presentado | Ley 3.979, artículo 4. Corrientes | El interesado | Previa a la habilitación municipal |
| Certificado extendido | Documento | Incluir en el certificado extendido los datos completos del certificado original | Certificado extendido con los datos completos del Certificado Original | Resolución MAyDS 31/2023, Anexo I, o | A los importadores de pilas y baterías primarias, a las entidades certificadoras y a los distribuidores, mayoristas y minoristas que las comercializan. | |
| Certificado extendido | Documento | Incluir en el certificado extendido la persona a la que se extiende | Certificado extendido con nombre, CUIT y domicilio real y legal de la persona a la que se extiende | Resolución MAyDS 31/2023, Anexo I, p | A los importadores de pilas y baterías primarias, a las entidades certificadoras y a los distribuidores, mayoristas y minoristas que las comercializan. |
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