A quienes generen, transporten, traigan o traten residuos peligrosos en el territorio de la provincia de San Juan.
¿A qué obliga la Ley 2.059?
Lo que hay que cumplir.
Está prohibido traer residuos peligrosos a la provincia; solo pueden entrar los que contempla la Ley Nacional 24.051, con autorización previa de la autoridad competente y únicamente para recuperarlos o reutilizarlos.
Artículo 2
La Ley 2.059-L de San Juan modifica la Ley 522-L, por la cual la provincia se adhirió a la Ley Nacional 24.051 sobre residuos peligrosos. Prohíbe traer residuos peligrosos al territorio provincial, salvo los que prevé la ley nacional, con autorización previa y para recuperarlos o reutilizarlos. Agrega un régimen de sanciones que aplica la autoridad provincial a quien infrinja las normas sobre residuos peligrosos. Está vigente al 7 de octubre de 2026.
Palabras clave importación de residuos · ley 24.051 · adhesión · recuperación · reutilización · sanciones · clausura · multa · registro de infractores
¿Sigue vigente la Ley 2.059?
Sí. Al 7 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.
¿Cómo se controla que un contratista cumpla?
Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans