Ley 3.437.

Contenido del análisis de impactos en la evaluación de impacto ambiental de Santa Cruz.

Evaluación de impacto ambiental Protección del ambiente

¿A quién alcanza la Ley 3.437?

A quien presenta un proyecto, actividad u obra a evaluación de impacto ambiental en la provincia de Santa Cruz.

¿A qué obliga la Ley 3.437?

Lo que hay que hacer.

  • Medición

    Quien presenta un proyecto, actividad u obra a evaluación de impacto ambiental debe identificar las acciones que pueden causar impacto y los factores ambientales afectados, presentar un análisis espacial para minimizar la fragmentación del hábitat, estimar los impactos en cada etapa sobre el medio físico, biológico, cultural y socioeconómico, e identificar tipo y cantidad de residuos y emisiones de cada etapa, con su manejo y destino final.

    Artículo 1

La Ley 3437 de Santa Cruz cambia el inciso d) del artículo 11 de la Ley 2658 de Evaluación de Impacto Ambiental. Fija qué debe incluir el análisis de impactos de un proyecto, actividad u obra, entre ellos el análisis de fragmentación de hábitat y la identificación de residuos y emisiones. Está vigente al 6 de octubre de 2026.

Palabras clave fragmentación de hábitat · factores ambientales · residuos · emisiones · medio biológico · etapas del proyecto · destino final · manejo de residuos

¿Sigue vigente la Ley 3.437?

Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.

¿Cómo se controla que un contratista cumpla?

Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans