A toda persona o empresa que queme neumáticos o los deje definitivamente en lugares no autorizados dentro de la Provincia de Santa Cruz.
¿A qué obliga la Ley 3.568?
Lo que hay que cumplir.
Está prohibido quemar neumáticos y dejarlos como disposición final en lugares no autorizados en toda la Provincia de Santa Cruz.
Artículo 1
La Ley 3.568 de Santa Cruz prohíbe en toda la provincia quemar neumáticos y dejarlos como disposición final en lugares no autorizados. Encarga al Poder Ejecutivo programas de gestión de neumáticos en desuso y fija a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente como autoridad de aplicación. Modifica el artículo 62 del Código de Faltas provincial y deroga la Ley 3316. Está vigente al 6 de octubre de 2026.
Palabras clave neumáticos · quema de neumáticos · neumáticos en desuso · disposición final · quema a cielo abierto · reciclado · distribuidores de neumáticos · código de faltas
¿Sigue vigente la Ley 3.568?
Sí. Al 6 de octubre de 2026 no registra una norma que la derogue.
¿Cómo se controla que un contratista cumpla?
Auditans le pide a cada contratista los documentos que su empresa define, y la portería ve quién está habilitado para entrar. Conocer Auditans